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Artículo 831 Excepciones Contra el mandamiento de pago procederán las siguientes excepciones
1 El pago efectivo
2 La existencia de acuerdo de pago
3 La de falta de ejecutoria del título
4 La pérdida de ejecutoria del título por revocación o suspensión provisional del acto administrativo hecha por autoridad competente
5 La interposición de demandas de restablecimiento del derecho o de proceso de revisión de impuestos ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo
6 La prescripción de la acción de cobro
7 La falta de título ejecutivo o incompetencia del funcionario que lo profirió
Parágrafo < Parágrafo adicionado por el artículo 84 de la Ley 6 de 1992 > Contra el mandamiento de pago que vincule los deudores solidarios procederán además las siguientes excepciones
1 La calidad de deudor solidario
2 La indebida tasación del monto de la deuda