Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Exención en la NIIF 16 – Arrendamientos por el COVID-19 (parte 2)


Exención en la NIIF 16 – Arrendamientos por el COVID-19 (parte 2)
Actualizado: 27 noviembre, 2020 (hace 3 años)

La exención fue aprobada por medio del Decreto 1432 de 2020 para las entidades del grupo 1 de convergencia, y permite que las concesiones de arrendamiento relacionadas con el COVID-19 se contabilicen como si no fueran modificaciones del contrato de arrendamiento. Conoce más detalles a continuación.

|Parte 1|

En este editorial continuamos explicando cómo se debe aplicar la exención de la NIIF 16 – Arrendamientos aprobada por la IASB para la contabilización de las concesiones de arrendamiento relacionadas con el COVID-19, en cada uno de los escenarios que pueden presentarse.

Recordemos que esta exención fue aprobada en Colombia mediante el Decreto 1432 de 2020, que modificó la NIIF 16 – Arrendamientos, contenida en el anexo técnico compilatorio 1-2019 del DUR 2420 de 2015.

2. Reducción de los pagos en un período, y aumento posterior de los pagos en los siguientes períodos

En este escenario, el arrendador permitiría la disminución de los pagos por arrendamiento, por ejemplo, durante los meses de junio a julio de 2020, pero aumentaría, proporcionalmente, los pagos durante los meses de agosto a septiembre de 2020.

Puesto que en este caso no se está produciendo ninguna condonación o renuncia de los pagos de arrendamiento, sino que, simplemente, se está aplazando su pago, no se modifica el valor del pasivo por arrendamiento.

En ese sentido, el único ajuste que se debería realizar es el necesario para que el pasivo por arrendamiento refleje el valor presente de los nuevos cánones de arrendamiento. Así lo requiere el párrafo 36 de la NIIF 16:

“Después de la fecha de comienzo, un arrendatario medirá un pasivo por arrendamiento:

(a) incrementando el importe en libros para reflejar el interés sobre el pasivo por arrendamiento;

(b) reduciendo el importe en libros para reflejar los pagos por arrendamiento realizados; y

(e) midiendo nuevamente el importe en libros para reflejar las nuevas mediciones o modificaciones del arrendamiento especificadas en los párrafos 39 a 46, y también para reflejar los pagos por arrendamiento fijos en esencia que hayan sido revisados (véase el párrafo B42)”.

Ejemplo:

Una entidad tiene un contrato de arrendamiento de un edificio por 4 años, por el que se realizan pagos anuales de $100.000.000 y sobre el que se aplica una tasa incremental del 6 %. La siguiente es la tabla de amortización de este contrato:

 

Año

Saldo inicial
[A = canon/(1 + i %)^n]

Abono a capital
(B = D – C)

Interés
(C = A x 6 %)

Total de canon de arrendamiento
(D)

Saldo final
(E = A – B)

2019

 $346.510.561

 $79.209.366

 $20.790.634

$100.000.000

 $267.301.195

2020

 $267.301.195

 $83.961.928

 $16.038.072

$100.000.000

 $183.339.267

2021

 $183.339.267

 $88.999.644

 $11.000.356

$100.000.000

 $94.339.623

2022

 $94.339.623

 $94.339.623

 $5.660.377

$100.000.000

 $0

 

El arrendador le permite al arrendatario que el canon de 2020 se pague de forma proporcional durante 2021 y 2022, de forma que los cánones de arrendamiento por estos años de establecen en $150.000.000.

La nueva tabla de amortización del pasivo por arrendamiento es la siguiente:

 

Año

Saldo inicial
[A = canon/(1 + 1 %)^n]

Abono a capital
(B = D – C)

Interés
(C = A x 6 %)

Total de canon de arrendamiento
(D)

Saldo final
(E = A – B)

2019

 $346.510.561

 $79.209.366

 $20.790.634

$100.000.000

 $267.301.195

2020

 $267.301.195

 $275.008.900

2021

 $275.008.900

 $133.499.466

 $16.500.534

$150.000.000

 $141.509.434

2022

 $141.509.434

 $141.509.434

 $8.490.566

$150.000.000

 $0

 

En este caso, al final de 2020, el arrendatario, aplicando la exención práctica a la NIIF 16, debe ajustar el valor del pasivo por arrendamiento para que refleje el valor presente de los cánones de arrendamiento que ahora se han establecido en $150.000.000.

Para ello se aplica la fórmula de valor presente de Excel, así:

=VA(6%;2;-$150.000.000)
= $275.008.900

De esta forma, la diferencia entre el valor del pasivo por arrendamiento medido con el nuevo canon y el valor en libros antes de la concesión se contabiliza como un gasto por intereses ($275.008.900 – $267.301.195 = $7.707.705), así:

Cuenta

Débito

Crédito

Gastos financieros

$7.707.705

Pasivo – contratos de arrendamiento

$7.707.705

 

Para profundizar al respecto, te recomendamos el siguiente video en el que el Dr. Juan Fernando Mejía, conferencista de Actualícese, responde a la siguiente pregunta: ¿Cómo afecta la contabilización de arrendamientos la enmienda a la NIIF 16 por el COVID-19?

3. Combinación de los dos escenarios anteriores

También es posible que el arrendador le condone al arrendatario parte del pago por arrendamiento y aplace la otra parte para los períodos siguientes; es decir, que exista una combinación de los dos escenarios explicados anteriormente.

En este caso, se deben aplicar ambos tratamientos explicados en los puntos anteriores.

Siguiendo con nuestro ejemplo, si el arrendador le condona el 50 % del valor del canon de arrendamiento de 2020, y el restante 50 % se debe cancelar entre 2021 y 2022, se debería ajustar la tabla de amortización del pasivo por arrendamiento, así:

 

Año

Saldo inicial
[A = canon/(1 + i %)^n]

Abono a capital
(B = D – C)

Interés
(C = A x 6 %)

Total de canon de arrendamiento
(D)

Saldo final
(E = A – B)

2019

 $346.510.561

 $79.209.366

 $20.790.634

$100.000.000

 $267.301.195

2020

 $267.301.195

$229.174.083

2021

$229.174.083

 $111.249.555

 $13.750.445

$125.000.000

 $117.924.528

2022

 $117.924.528

 $117.924.528

 $7.075.472

$125.000.000

 $0

 

En este caso se ajusta contra resultados la parte del pasivo que ha sido condonada, con lo cual el valor del pasivo por arrendamiento pasa a ser de $217.301.195. El registro contable es el siguiente:

Cuenta

Débito

Crédito

Pasivo – contratos de arrendamiento

$50.000.000

Ingreso por concesiones de arrendamientos

$50.000.000

 

Posteriormente, se debe realizar un ajuste al valor del pasivo para que refleje el valor presente de los nuevos cánones de arrendamiento que han sido establecidos en $125.000.0000:

Para ello se aplica la fórmula de valor presente de Excel, así:

=VA(6%;2;-$125.000.000)
= $229.174.083

El registro contable del ajuste del pasivo ($229.174.083 – $217.301.195) es el siguiente:

Cuenta

Débito

Crédito

Gastos financieros

$11.872.888

Pasivo – contratos de arrendamiento

$11.872.888

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