Esta reducción se hará progresivamante y empezará a regir en dos años, modificará el artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo.
Hoy, sin necesidad de norma expresa que lo determine, muchas empresas pactan jornadas de trabajo de 40 horas; 8 horas diarias de lunes a viernes.
Esta reducción se hará progresivamante y empezará a regir en dos años, modificará el artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo.
Hoy, sin necesidad de norma expresa que lo determine, muchas empresas pactan jornadas de trabajo de 40 horas; 8 horas diarias de lunes a viernes.
La reciente aprobación, en el Congreso de la República, del proyecto de ley con el que se busca reducir en 6 horas la jornada laboral, pasando de 48 a 42, sin lugar a dudas tendrá implicaciones presupuestales para las compañías.
Para Luis Fernando Reyes, socio legal de BDO Colombia, la reducción de la jornada laboral en Colombia no es una buena noticia en momentos en los que el país requiere ser competitivo y atractivo para la inversión extranjera.
«Si bien, en muchos países ya hay jornadas de laborales de 40 horas semanales, es necesario que las normas sean congruentes con la realidad económica y consulten el contexto y el entorno de los grandes generadores de empleo: las empresas”, opina.
Sobre el tejido empresarial, cifras de la Cámara de Comercio de Bogotá muestran que, durante el 2020, 53.000 empresas se liquidaron en la ciudad. Por lo anterior, se puede proyectar que las compañías que todavía están operando buscarán la forma de mantenerse a flote en medio de un escenario complejo, «en donde las cargas laborales, impositivas y reglamentarias, en lugar de generar más peso, deben permitir un tránsito sencillo al estado de normalidad», explica Reyes.
Esta reducción que se hará progresivamante y empezará a regir en dos años, modificará el artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo.
Frente a este panorama, Reyes sostiene que la autonomía privada en la determinación de las condiciones de los contratos de trabajo es lo que debe prevalecer, puesto que, hoy en día sin necesidad de norma expresa que lo determine, muchas empresas pactan jornadas de trabajo de 40 horas; 8 horas diarias de lunes a viernes.
Adicionalmente, se debe valorar el contexto del sector industrial, en el que las plantas funcionan de domingo a domingo y asumen costos elevados en el reconocimiento de horas extras y en la contratación de tres turnos de trabajo.
Por lo anterior, la disminución de la jornada de trabajo también afectará notablemente los modelos de negocio y su viabilidad.
“Las conquistas y reivindicaciones laborales a lo largo de nuestra historia son de gran importancia para el logro de la equidad social. Sin embargo, en un escenario donde los generadores de empleo formal están atravesando por la peor crisis económica, podemos concluir que no es el momento ideal para disminuir la jornada de trabajo, por el contrario, es tiempo de remar hacia el mismo lado para fortalecer el aparato productivo”, puntualiza Reyes.
Como la disminución de la jornada laboral es una realidad, y esta impactará a las empresas y demandará en muchos casos la asignación de horas extras para el cumplimiento de los objetivos del negocio, será necesario que los administradores empiecen a pensar en alternativas y soluciones prácticas que permitan lograr que la jornada de trabajo sea altamente eficiente y que el uso de las horas extras esté regulado internamente para que su aplicación sea realmente necesaria, eficaz y eficiente.
Reyes le sugiere a las empresas evaluar el uso de herramientas que les permitan maximizar el uso del tiempo, como son: