Por medio de la Resolución 000098 de octubre de 2020 se reitera que para efectos de determinar la obligación de reportar información exógena para el año gravable 2021 deberán tenerse en cuenta los ingresos brutos obtenidos durante los años 2020 y 2021. Conoce más a continuación.
Para acceder a este contenido debes tener una suscripción o haberlo comprado de manera individual.
Si ya tienes una suscripción Actualícese, solo debes iniciar sesión para que puedas acceder a la información, si aún no cuentas con una suscripción, te invitamos a que conozcas todos los beneficios de ser parte de nuestra comunidad AQUÍ.
Si te interesa solo comprar este artículo, lo puedes hacer en el siguiente enlace:
Comprar este artículo