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«Ley 2010 de 2019 busca incrementar el recaudo con impuestos a las personas de mayores ingresos»

Germán Darío Machado afirma que sostenibilidad fiscal del país no está en riesgo.

Medidas como la factura electrónica y la normalización tributaria incrementarán los ingresos tributarios.

Fortalecimiento de la Dian representaría un recaudo adicional equivalente a 1.7 % del PIB.

Fecha de publicación: 11 de febrero de 2020
«Ley 2010 de 2019 busca incrementar el recaudo con impuestos a las personas de mayores ingresos»
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Germán Darío Machado afirma que sostenibilidad fiscal del país no está en riesgo.

Medidas como la factura electrónica y la normalización tributaria incrementarán los ingresos tributarios.

Fortalecimiento de la Dian representaría un recaudo adicional equivalente a 1.7 % del PIB.

Germán Darío Machado, asesor del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y docente de economía colombiana de la Universidad de Los Andes, destaca en entrevista con Actualícese las medidas que tiene la Ley de crecimiento económico. Estas buscan estimular el empleo, promover la competitividad, incentivar la inversión en el país, incrementar el recaudo a través de impuestos a las personas naturales con mayores ingresos y generar impacto social aliviando el bolsillo de los colombianos.

¿De qué forma afectará el recaudo tributario las medidas tomadas a través de la Ley de crecimiento económico?

Contrario a lo que algunos analistas han señalado, la sostenibilidad fiscal del país no está en riesgo. Afortunadamente, en Colombia tenemos una regla fiscal y una institucionalidad sólida al respecto, y un manejo serio de las finanzas. Las nuevas disposiciones de la Ley de crecimiento económico mantienen esa prudencia.

En concreto, se espera que la Ley 2010 de 2019 genere un recaudo neto cercano a 13.3 billones de pesos en 2020, a 8.6 billones en 2021 y de 16.0 billones en 2022.

La mayor parte de este recaudo provendría del fortalecimiento de la Dian y la lucha contra la evasión, de los mayores impuestos a las personas naturales de mayores ingresos y de la mayor dinámica de la economía colombiana, que aumentará el crecimiento económico del país.

Esto significa que no está en riesgo el recaudo, aunque la Ley de crecimiento económico haya mantenido una serie de medidas de la Ley de financiamiento, que están teniendo resultado y que reducen la carga tributaria de las empresas; ni a pesar de que el paquete social busque darle un alivió económico, muy necesario, a la población más vulnerable, buscando reducir la desigualdad.

Se espera que para 2021 y en adelante, el mayor crecimiento económico, la implementación de la factura electrónica y la mayor efectividad de la Dian en las luchas contra la evasión, compensen los ingresos disponibles.

Contrario a lo que algunos analistas afirman, esta no es una idea descabellada: el año pasado el recaudo creció cerca del 12 %, en una economía que anda nominalmente a la mitad, y es posible que este año y los que vienen el efecto sea mayor.

¿Cómo deberá controlar el Gobierno la forma en que se hará la devolución del IVA para las familias más pobres? ¿Es acertada esta medida?

Esta medida es muy acertada pues beneficiará al 20 % más pobre del país, llegando a más de 2.8 millones de hogares que recibirán una suma fija en compensación por el pago del IVA, sin necesidad de acreditar facturas.

Es una de las medidas más importantes porque, sólo por esta política, en los próximos años la desigualdad en el país se reducirá a una velocidad mucho mayor de lo que se venía reduciendo en las últimas décadas.

Operativamente, los giros serán cada dos meses y los hogares beneficiarios serán determinados mediante la metodología de focalización que defina el Departamento Nacional de Planeación, usando el Sisbén o instrumentos similares.

Eso permite que la operatividad del giro del dinero no sea especialmente compleja, pues se hará junto a los programas de asistencia que hoy ya tenemos en el país y que han probado ser exitosos, como Familias en Acción.

¿Los 3 días sin IVA es una medida netamente populista? ¿Por una parte servirá para el bolsillo de los colombianos, pero por otra afectará el recaudo?

La medida de los 3 días sin IVA es una política que permite, simultáneamente, liquidar inventarios de los comerciantes, aliviar el bolsillo de los compradores y dinamizar el consumo del país.

Los colombianos podrán adquirir a menores precios, en fechas específicas, por ejemplo, artículos de tecnología, vestuario, calzado y útiles escolares.

Existe la tranquilidad de que no afectará significativamente el recaudo, pues, aunque existe esta y otras medidas de gasto social, como la compensación del IVA, hay otros elementos –la normalización tributaria, el IVA plurifásico, el impuesto al patrimonio y a la remisión de utilidades, y la sobretasa de renta al sector financiero– que compensan los efectos sobre las finanzas públicas del resto de disposiciones.

¿Cuáles medidas tributarias destaca de la Ley 2010 de 2019?

La Ley de crecimiento económico contiene medidas que simultáneamente buscan estimular el empleo, promover la competitividad, incentivar la inversión en el país, incrementar el recaudo a través de impuestos a las personas naturales con mayores ingresos y generar impacto social aliviando el bolsillo de los colombianos.

Por ejemplo, la Ley de crecimiento planteó varios mecanismos que incentivan la creación de empleo formal, atando beneficios tributarios a la mayor vinculación laboral, como es el caso del régimen de megainversiones, de las empresas de economía naranja, de las empresas del sector agropecuario y la deducción del primer empleo dirigida especialmente para atacar el desempleo juvenil.

De la misma manera, esta ley trae un impulso a la construcción de vías terciarias, la ampliación de renta exenta en el campo y una aceleración del desmonte de la renta presuntiva, que se espera que estimulen la inversión y la competitividad.

Estos elementos, junto con la reducción de la tasa efectiva de tributación de las personas jurídicas que se había incluido en la Ley de financiamiento, hacen parte de una apuesta decidida por impulsar el crecimiento económico, dado que históricamente se ha demostrado que la economía colombiana empieza a generar puestos de trabajo cuando crece por encima del 3.5 %.

Además, la Ley de crecimiento trae un importante paquete de medidas sociales. Acá se incluyen la compensación del IVA al 20 % más pobre, la reducción de la cotización a salud de los pensionados, el alivio del bolsillo en los 3 días al año sin IVA y el hecho de que los medicamentos pasan de ser bienes excluidos a ser exentos de IVA.

Finalmente, vale la pena recordar que lo anterior se puede hacer sin afectar el recaudo. En esa dirección, hay medidas como la factura electrónica, la normalización tributaria, la sobretasa al sector financiero, el impuesto al patrimonio y los cambios que se mantuvieron de la Ley de Financiamiento en el impuesto de renta de las personas naturales. Esto permite aumentar los ingresos tributarios, seguir atacando la evasión y mejorar la equidad, al elevar la tasa de tributación de las personas con más altos ingresos.

¿Piensa que las empresas cuentan con muchas exenciones tributarias y las personas naturales son las que terminan llenando los huecos fiscales, a través del pago de impuestos?

En realidad, la carga tributaria para las empresas en Colombia es elevada sin ninguna duda y, de acuerdo con algunos ejercicios a partir de Doing Business – Banco Mundial, la tasa efectiva de tributación de una empresa en 2018 era 71.2 %, considerando renta, ICA, impuestos laborales, contribuciones y demás impuestos a cargo.

“existe un desbalance entre la carga a las personas naturales y la carga a las personas jurídicas, que son las que hasta ahora han pagado los mayores impuestos”

Además, cuando se observan las cifras agregadas, existe un desbalance entre la carga a las personas naturales y la carga a las personas jurídicas, que son las que hasta ahora han pagado los mayores impuestos. Por ejemplo, en la composición del impuesto de renta, la proporción es del orden de 75 % – 25 %, teniendo en cuenta que en el caso de las personas naturales sólo un 5 % de la población con más altos ingresos debe declarar renta.

Con la Ley de financiamiento y la Ley de crecimiento habrá una reducción importante de la carga a las empresas, representada en una tasa efectiva de tributación que se reducirá rápidamente hasta llegar a niveles cercanos al 55 % en 2022. Esto permitirá unas ganancias significativas en competitividad que estimularán la inversión y la generación de empleo.

Simultáneamente, las personas naturales con más altos ingresos tendrán tasas de tributación más elevadas en su impuesto de renta, debido a la cédula unificada y a las nuevas tarifas marginales del 37 % y 39 % para quienes tengan ingresos gravables de más de 18.970 UVT que, en 2020, equivalen a más de 675 millones anuales.

¿Cuándo y de qué forma veremos los resultados de la modernización de la Dian?

La modernización de la Dian ya inició y ya está generando resultados. El año pasado el recaudo tributario creció cerca del 12 % y para 2020 se espera que el fortalecimiento y modernización de la administración tributaria genere un recaudo de 0.4 % del PIB.

Habrá mejoras de gestión administrativa y de fiscalización que, junto con la implementación total de la factura electrónica y del Sistema Informático Electrónico de Tránsito Aduanero, hacen parte de las estrategias para atacar de forma más fuerte y directa la evasión de impuestos y el contrabando. De esta manera, en el mediano plazo, el fortalecimiento de la Dian podría representar un recaudo adicional equivalente a 1.7 % del PIB.

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