Así lo contempla el artículo 83 de la Resolución 000042 de mayo 5 de 2020.
Por el año gravable 2020, y teniendo en cuenta ciertas excepciones, se rechazará el 30 % de los costos y gastos que no estén soportados en factura electrónica.
Así lo contempla el artículo 83 de la Resolución 000042 de mayo 5 de 2020.
Por el año gravable 2020, y teniendo en cuenta ciertas excepciones, se rechazará el 30 % de los costos y gastos que no estén soportados en factura electrónica.