Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

No responsable del IVA que figure en el régimen ordinario o en el SIMPLE y su obligación de facturar


No responsable del IVA que figure en el régimen ordinario o en el SIMPLE y su obligación de facturar

Las personas naturales que efectúen operaciones gravadas con IVA y permanezcan en el régimen ordinario estarán exoneradas de facturar, si cumplen los requisitos para operar como no responsables del IVA; pero de trasladarse al SIMPLE, automáticamente quedarán obligadas a facturar electrónicamente.

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