Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Obligaciones tributarias sobre pagos por prestación de servicios


Actualizado: 21 mayo, 2021 (hace 3 años)

Responde conferencista: Diego Guevara

¿Cuál es el tratamiento tributario del pago por prestación de servicios?, ¿Cómo se aplicaría para el caso de un abogado en relación con la aplicación de retención en la fuente? Si este no presenta el pago de la seguridad social, ¿afecta el proceso?

Pregunta resuelta 13 de mayo de 2021

En esta publicación, el Dr. Diego Guevara, líder de investigación tributaria de Actualícese, explica cuál es el tratamiento tributario del pago por prestaciones de servicios, de acuerdo con lo establecido en los artículos 392 y 911 del Estatuto Tributario.

Adicionalmente, señala que solo se debe exigir el pago de la seguridad social a una persona que se encuentre bajo prestación de servicios cuando el pago mensual que se va a llevar supere un salario mínimo, según lo establecido en el artículo 1.2.4.1.7 del DUT 1625 de 2016.

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