El deterioro de los activos y la afectación de la hipótesis de negocio en marcha son dos de las consecuencias más adversas del COVID-19 en la información financiera de las entidades.
Las entidades podrían tener que modificar las cifras de sus estados financieros 2019 o incluir revelaciones al respecto.
El deterioro de los activos y la afectación de la hipótesis de negocio en marcha son dos de las consecuencias más adversas del COVID-19 en la información financiera de las entidades.
Las entidades podrían tener que modificar las cifras de sus estados financieros 2019 o incluir revelaciones al respecto.
Este análisis inició con la publicación Efectos potenciales del coronavirus (COVID-19) en la preparación de información financiera. En este editorial continuamos analizando las principales consecuencias del coronavirus (COVID-19) en la preparación de los estados financieros 2019:
Teniendo como objetivo realizar las pruebas de deterioro de fin de ejercicio, o de las que en este momento deben realizar TODAS las entidades del mundo que aplican Estándares Internacionales, para medir los efectos en la información financiera, una pregunta inicial con respecto a los efectos de la pandemia del coronavirus es si se requiere contabilizar algún valor por concepto de deterioro en los estados financieros del 31 de diciembre de 2019, o si este se debe considerar como un evento posterior a la fecha del estado de situación que no implica ajuste.
El requerimiento, de acuerdo con la NIC 10 – Hechos ocurridos después del período sobre el que se informa, es contabilizar los cambios significativos en las condiciones comerciales y económicas como eventos no ajustables, debido a que el desarrollo y la propagación del coronavirus tuvieron lugar, de manera contundente, después de enero de 2020.
Al 31 de diciembre de 2019 solo ciertos eventos y acciones asociadas habían tenido lugar, según información recibida por los medios de información de todo el mundo.
Sin embargo, aunque los casos fueron reportados a la Organización Mundial de la Salud –OMS– el 30 diciembre de 2019, el anuncio del coronavirus como emergencia de salud global sólo se realizó hasta el 31 de enero de 2020, fecha después de la cual los gobiernos tomaron medidas. Además, determinaciones significativas tomadas por el Gobierno chino y por sus entidades del sector privado solo se dieron a principios de 2020.
Sobre esta base, y como era de esperarse, los pronósticos, proyecciones y supuestos asociados que se utilizaron para los fines de las pruebas de deterioro reflejaron poco o ningún cambio como resultado del brote de coronavirus.
La razón de esto es que, al medir el monto recuperable de los recursos/activos financieros y no financieros, es necesario usar proyecciones que se basen en suposiciones razonables y sustentables que representan la mejor estimación de la gerencia dentro del rango de condiciones económicas que existirán durante la vida útil restante del activo. Esos supuestos razonables y sustentables deben hacerse a la fecha del informe (31 de diciembre de 2019).
En consecuencia, las previsiones, proyecciones y valoraciones utilizadas para los cálculos de deterioro al 31 de diciembre de 2019 deberán revisarse cuidadosamente para garantizar que los efectos significativos del brote de coronavirus (un evento posterior a la fecha de estado de situación financiera no ajustable) no se está incorporando mediante el uso de comprensión retrospectiva.
No obstante, sí será necesario garantizar que se realicen las revelaciones apropiadas de eventos posteriores no ajustables en los estados financieros del período que finalizó el 31 de diciembre de 2019.
El párrafo 21 de la NIC 10 requiere que:
“Si hechos ocurridos después del período sobre el que se informa que no implican ajuste son materiales, no revelar esta información puede influir en las decisiones económicas que los usuarios puedan tomar sobre la base de los estados financieros. Por consiguiente, una entidad revelará la siguiente información sobre cada categoría significativa de hechos ocurridos después del período sobre el que se informa que no implican ajuste:
Entonces, las revelaciones en los estados financieros a diciembre 31 de 2019 que pueden ser necesarias como resultado del brote de coronavirus incluyen:
La NIC 10 – Hechos ocurridos después del período sobre el que se informa contiene requisitos específicos para considerar la hipótesis de empresa en marcha en una entidad.
A diferencia de las proyecciones utilizadas con fines de deterioro, al evaluar la hipótesis de negocio en marcha las entidades deben considerar los eventos tanto antes como después de la fecha del informe. El párrafo 15 de la NIC 10 señala que:
“El deterioro de los resultados de operación y de la situación financiera de la entidad, después del período sobre el que se informa, puede indicar la necesidad de considerar si la hipótesis de negocio en marcha resulta todavía apropiada. Si no lo fuera, el efecto de este hecho es tan decisivo que la Norma exige un cambio fundamental en la base de contabilización, y no simplemente un ajuste en los valores que se hayan reconocido utilizando la base de contabilización original”.
(El subrayado es nuestro)
Para cumplir con lo dispuesto en la NIC 10 es necesario considerar si los eventos que ocurrieron después de la fecha de cierre de la información financiera de propósito general, es decir, después del 31 de diciembre de 2019, en relación con el brote de coronavirus, han causado un relevante deterioro de las condiciones económicas de la entidad o han originado una incertidumbre significativa.
Si es así, es necesario evaluar si esto genera claras dudas sobre la capacidad de la entidad para continuar como negocio en marcha (ver el punto b del párrafo 16 de la NIC 10). En casos extremos, será necesario considerar si las aseveraciones de quienes administran la entidad (Ley 222 de 1995, artículos 22, 23 y 37), para el período terminado el 31 de diciembre de 2019, deben prepararse sobre una base de empresa en funcionamiento.
Si se concluye que la base de negocio en marcha no es apropiada, entonces los estados financieros serán preparados sobre otra base (ver anexo 5 del DUR 2420 de 2015, y los demás que lo modifiquen y actualicen).
Ahora bien, en este último caso, el párrafo 25 de la NIC 1 requiere que se revele que los estados financieros no se han preparado sobre una base de empresa en funcionamiento, junto con los motivos por los cuales la entidad no se considera un negocio en marcha.
Aunque es posible concluir que sigue siendo apropiado que los estados financieros se preparen sobre una base de empresa en marcha, en algunos casos las implicaciones del brote de coronavirus son tales que hay o puede haber dudas significativas sobre la capacidad de una entidad para continuar como empresa en funcionamiento.
En tales casos, en la medida en que haya la incertidumbre material sobre que el supuesto de negocio en marcha es apropiado, las revelaciones deben ser incluidas en los estados financieros.
Al hacer su evaluación de negocio en marcha, la información que está disponible después de la fecha del informe debe tenerse en cuenta. El párrafo 26 de la NIC 1 requiere que:
“(…) la gerencia tendrá en cuenta toda la información disponible sobre el futuro, que deberá cubrir al menos los doce meses siguientes a partir del final del período sobre el que se informa, sin limitarse a dicho período. El grado de detalle de las consideraciones dependerá de los hechos que se presenten en cada caso (…)”.
En consecuencia, la evaluación de la gerencia sobre la empresa en funcionamiento necesita incorporar toda la información relevante, incluyendo información sobre el futuro para un período apropiado, que ha estado disponible hasta la fecha en que los estados financieros de propósito general están autorizados o aprobados para su emisión. Esto incluye:
Así las cosas, en circunstancias en las que el brote de coronavirus da lugar a una incertidumbre material sobre la capacidad de la entidad de continuar como negocio en marcha, pero se ha concluido que la base de negocio en marcha de la preparación sigue siendo adecuada, la administración necesita incluir revelaciones ampliadas para respaldar su conclusión de que la base de la empresa en marcha es adecuada. Estos incluirán:
Gabriel Gaitán León
Contador público
MBA – CertIFR – CertIAS
Socio de G&G INTEGRAL DE CONSULTORÍA LTDA.
gabrielgaitanleon@hotmail.com