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Pensión de sobrevivientes: ¿se debe acreditar convivencia cuando se trate de la muerte del afiliado?

La Corte Suprema de Justicia estableció que la pareja del afiliado fallecido no requiere la acreditación de convivencia para acceder a la pensión de sobrevivientes, no obstante, la Corte Constitucional dispuso lo contrario.

Aquí realizamos un estudio de lo dicho por las Altas Cortes.

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Fecha de publicación: 21 de junio de 2021
Pensión de sobrevivientes: ¿se debe acreditar convivencia cuando se trate de la muerte del afiliado?
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

La Corte Suprema de Justicia estableció que la pareja del afiliado fallecido no requiere la acreditación de convivencia para acceder a la pensión de sobrevivientes, no obstante, la Corte Constitucional dispuso lo contrario.

Aquí realizamos un estudio de lo dicho por las Altas Cortes.

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