Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Principales cambios de la NIA 701 que los profesionales contables deben tener en cuenta


Principales cambios de la NIA 701 que los profesionales contables deben tener en cuenta
Actualizado: 6 mayo, 2020 (hace 4 años)

Luis Henry Moya analiza los cambios que se presentan en las Normas Internacionales de Aseguramiento, enfocándose en la NIA 701.

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A continuación, el contador público y exconsejero del Consejo Técnico de la Contaduría Pública, resuelve dudas relacionadas con la aplicación y actualización de las Normas de Aseguramiento de la Información, con los cuales se desarrollan las auditorías sobre los estados financieros elaborados y presentados por las empresas.

En su presentación, Actualización Normativa en Aseguramiento (NAI) énfasis en NIA 701, revisores fiscales de entidades que no cotizan, Moya analiza el Decreto reglamentario 2279 de 2019. «Se observan tres grandes cambios relacionados con el anexo uno de las normas full, donde aproximadamente se presentan 8 cambios. El más relevante tiene que ver con el cambio conceptual, el cual quedó más estructurado, completo y entendible para quienes trabajan con Normas Internacionales», indica.

Otro cambio está relacionado con el anexo 6, el cual derogó el Decreto 2649 de 1993. Y el tercer cambio tiene que ver con las Normas de Aseguramiento de la Información.

Sobre los principales cambios en la NIA 701, Moya explica que esta será de obligatoria aplicación para los revisores fiscales y contadores públicos independientes que emitan dictámenes sobre estados financieros, de entidades que apliquen de forma obligatoria o voluntaria, las Normas de Información Financiera para el Grupo 1.

De igual manera, se establece un período de transición de dos años, contados desde el 1 de enero de 2020, para los revisores fiscales y contadores públicos independientes.

Hay una salvedad y es para entidades que sean emisores de valores, quienes continuarán aplicando lo requerido en la NIA 701 según lo previsto en el artículo 5 del Decreto 2170 de de 2017 y sus modificatorios.

Dejando de lado la parte normativa, Moya critica el accionar de algunos profesionales alrededor de este tema. «A veces hacemos un copy paste de los dictámentes. A mi me da vergüenza ajena ver que muchos profesionales contables no sabemos hacer dictámenes. Este es un llamado de atención para los profesionales y tomen como ejemplo los formatos que ha publicado el CTCP», dice.

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