El Estatuto del Consumidor señala que estos pueden tomar acciones en caso de una violación directa a las normas de la garantía de un bien o servicio, para hacer efectiva tal garantía. A continuación, conozca las opciones con las que cuenta al momento de exigir sus derechos tras adquirir un producto.
El Estatuto del Consumidor señala que estos pueden tomar acciones en caso de una violación directa a las normas de la garantía de un bien o servicio, para hacer efectiva tal garantía. A continuación, conozca las opciones con las que cuenta al momento de exigir sus derechos tras adquirir un producto.
El numeral 3 del artículo 56 de la Ley 1480 de 2011 describe una serie de acciones de carácter civil encaminadas a la protección de los derechos de los consumidores, a través de las cuales se deciden asuntos contenciosos relacionados con la transgresión de dichos derechos.
Las acciones de protección al consumidor proceden por:
El Estatuto del Consumidor establece un par de acciones que protegen al usuario:
Esta acción se presenta cuando el productor o comercializador de un producto o servicio no aplica, aplica de forma indebida o interpreta erróneamente las normas que otorgan derechos a los consumidores. Se trata de una regla a propósito de los posibles conflictos que pueden presentarse por la vulneración de los derechos del consumidor.
Esta acción tiene como objetivo lograr la reparación o el cambio de un producto, la devolución del dinero o la prestación de un servicio cuando se incumplen los deberes que tiene todo productor o proveedor frente a la calidad y la seguridad de los bienes que comercializa o produce y de los servicios que ofrece en el mercado.
A propósito de esta acción, el artículo 29 del Decreto 3466 de 1982 señala:
Artículo 29. Procedimiento para asegurar la efectividad de las garantías. En caso de incumplimiento total o parcial de la garantía mínima presunta o de las demás garantías de un bien o servicio, el consumidor afectado podrá solicitar que se obligue al proveedor o expendedor respectivo a hacer efectiva la garantía o garantías o, si fuere procedente (…), a cambiar el bien por otro o, si se manifestare que se desea desistir de la compraventa del bien o de la obtención del servicio, a reintegrar el precio pagado por el bien o servicio. En todo caso se podrá también solicitar la indemnización de los daños y perjuicios a que hubiere lugar.
Atendiendo lo expuesto, el Estatuto del Consumidor indica que para hacer efectiva la acción de la garantía es necesario demostrar:
En caso de que no se dé cumplimiento a la garantía: