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¿Qué debe tener en cuenta para postularse al Programa de Apoyo a la Prima -PAP-?


¿Qué debe tener en cuenta para postularse al Programa de Apoyo a la Prima -PAP-?

Andrés J. Acero, explica en #CharlasConActualícese que el PAP contará con un primer pago otorgando un único aporte estatal de $220.000.

Personas naturales y jurídicas podrán postularse y acceder a este, teniendo en cuenta una serie de requisitos.

Andrés J. Acero, coordinador de fiscalización y capacitación en la UGPP, aseguró en #CharlasConActualícese que el Ministerio de Hacienda determinó nuevas fechas para postularse al Programa de Apoyo a la Prima -PAP-, e irán del 13 y al 21 de julio de 2020.

Acero explica que este subsidio contará con un primer pago otorgando un único aporte estatal de $220.000.

Para determinar la cuantía del único aporte estatal, afirma Acero, se contabilizarán aquellos trabajadores aprobados en el marco del Paef, que además cuyo IBC sea por lo menos de un salario mínimo y hasta $1.000.000.

También para quienes se haya cotizado durante los meses de abril, mayo y junio en mes completo.

«Podrán acceder al PAP las personas jurídicas, entidades sin ánimo de lucro, consorcios o uniones temporales y personas naturales empleadoras, a quienes sus ingresos les hayan disminuido en un 20 % o más», explica.

Acero puntualizó Otro de los requisitos es que cuenten con un producto de depósito en una entidad financiera vigilada por la Superfinanciera o la Supersolidaria.

Para las personas jurídicas interesadas en postularse, estas deberán haberse constituido antes del 1 de enero de 2020. De igual manera, contar con registro mercantil que hubieren realizado o renovado su inscripción por lo menos en el 2019.

En cuanto a las personas naturales interesadas, estas deberán estar inscritas en el registro mercantil antes del 1 de enero de 2020. También, contar con 3 o más trabajadores reportados en PILA, cotización de febrero de 2020.

Acero hizo énfasis en la publicación de la Circular Externa 003 de 2020, a través de la cual la UGPP determinó un nuevo formulario estándar a través del cual las empresas jurídicas y naturales interesadas podrán postularse al PAP.

«La postulación se hará este mes de julio, se debe certificar la disminución de ingresos, indicar el número de primas a solicitar y adjuntar la intención de ser beneficiario del PAP. Para las entidades sin ánimo de lucro, consorcios y uniones temporales deberán aportar copia del RUT», explica.

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