¿Cómo se debe actuar cuando se observa que el adquiriente de un bien o servicio no tiene correo electrónico para la expedición de factura electrónica?
Responde conferencista: Diego Guevara
¿Cómo se debe actuar cuando se observa que el adquiriente de un bien o servicio no tiene correo electrónico para la expedición de factura electrónica?
Pregunta resuelta 12 de Noviembre de 2020
En este consultorio, el Dr. Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios, da a conocer qué ocurre cuando no se cuenta con el correo electrónico para realizar la expedición de la factura electrónica al comprador.
Ahora bien, para conocer, entre otros aspectos, cuáles son los contribuyentes que tienen la obligación de facturar electrónicamente y los plazos para hacerlo, se recomienda consultar la Resolución 000042 de 2020.