Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Reconocimiento de los rendimientos en la cédula general de una persona natural


Actualizado: 15 junio, 2021 (hace 3 años)

Responde conferencista: Diego Guevara

¿En qué parte de la cédula general se deben denunciar los rendimientos obtenidos por una persona natural poseedora de acciones preferenciales en una sociedad nacional?

Preguntas resueltas 3 de junio de 2021

En esta publicación, el Dr. Diego Guevara, líder de investigación tributaria de Actualícese, señala cómo se deben reportar en la cédula general los rendimientos de las personas naturales que poseen acciones preferenciales, reguladas por el artículo 33-3 del Estatuto Tributario –ET–.

Cabe mencionar que las acciones tienen el tratamiento de una cuenta por cobrar y sus rendimientos se reconocen como un ingreso por interés, y a dicho ingreso no se le puede aplicar el beneficio del componente inflacionario.

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