Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Reporte de la diferencia en cambio en la exógena del año gravable 2020


Actualizado: 23 abril, 2021 (hace 3 años)

Responde conferencista: Diego Guevara

¿La diferencia en cambio debe reportarse en la información exógena del año gravable 2020? De ser así, ¿en qué concepto se debe reportar?

Pregunta resuelta 15 de abril de 2021

En este video, el Dr. Diego Guevara, líder de investigación tributaria de Actualícese, da a conocer cuál es el tratamiento que se le da a la diferencia en cambio en el reporte de información exógena del año gravable 2020, según el artículo 288 del Estatuto Tributario –ET–.

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