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Retención trasladable sobre dividendos en sociedades con pérdidas durante 2020

Las sociedades nacionales del régimen ordinario que en 2020 recibieron dividendos no gravados estuvieron sujetas a retención del 7,5 %.

Si la sociedad que recibió el dividendo arrojó pérdida en 2020, no podrá trasladar la retención y se le convertirá en gasto no deducible.

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Fecha de publicación: 21 de enero de 2021
Retención trasladable sobre dividendos en sociedades con pérdidas durante 2020
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Las sociedades nacionales del régimen ordinario que en 2020 recibieron dividendos no gravados estuvieron sujetas a retención del 7,5 %.

Si la sociedad que recibió el dividendo arrojó pérdida en 2020, no podrá trasladar la retención y se le convertirá en gasto no deducible.

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