Actualícese.com

Retiro parcial de cesantías ante el empleador: consecuencias de presentar documentación falsa

Un trabajador puede solicitar el pago anticipado de las cesantías ante el empleador, bajo determinados casos; para esto, debe adjuntar la documentación por medio de la cual sustente su solicitud.

Conozca las consecuencias de presentar documentación falsa para la solicitud de esta prestación.

Fecha de publicación: 9 de marzo de 2020
Retiro parcial de cesantías ante el empleador: consecuencias de presentar documentación falsa
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Un trabajador puede solicitar el pago anticipado de las cesantías ante el empleador, bajo determinados casos; para esto, debe adjuntar la documentación por medio de la cual sustente su solicitud.

Conozca las consecuencias de presentar documentación falsa para la solicitud de esta prestación.

Las cesantías son una prestación social, cuyo principal objetivo es otorgarle al trabajador un auxilio en períodos de desempleo, es decir, una vez finalice el contrato de trabajo con o sin justa causa.

Esta prestación se causa en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre; como regla general, no debe ser pagada directamente al trabajador, sino que debe ser consignada en el fondo de cesantías elegido por este, a más tardar, el 14 de febrero de cada año.

No obstante, según lo determina el artículo 254 del Código Sustantivo del Trabajo –CST–, las cesantías pueden ser retiradas de manera anticipada y de manera parcial durante la vigencia del contrato, en los casos expresamente autorizados en la ley, los cuales se encuentran previstos a través del Decreto 1562 de 2019, a saber:

  • Financiación o mejora de vivienda.
  • Terminación del contrato de trabajo.
  • Sustitución patronal.
  • Prestación del servicio militar.
  • Estudios de educación superior.
  • Compra de acciones de propiedad del Estado.
  • Traslado de cesantías.
  • Fallecimiento del trabajador (familiares beneficiarios).

En el siguiente vídeo se explica en qué consiste esta prestación y cómo debe pagarse:

Solicitud de retiro parcial de cesantías ante el empleador

Un trabajador puede proceder a la solicitud del retiro parcial de las cesantías ante el fondo o directamente ante el empleador. En este último caso, el empleador solo debe pagarle al trabajador las cesantías causadas.

Ejemplo

Un trabajador solicita en el mes de agosto el retiro parcial de cesantías para estudios de educación superior. En este caso, el empleador deberá pagarle el monto causado entre el 1 de enero y el día de agosto en que le fueron entregadas, con los respectivos intereses causados.

Trámite

Para efectos de solicitar el pago parcial de las cesantías, el trabajador debe realizar el siguiente trámite:

  • Realizar la solicitud directamente al área encargada del manejo de la nómina en la empresa. Puede hacerlo a través de una solicitud escrita en la que debe adjuntar la documentación pertinente, según el caso para el cual solicite el retiro de la prestación (vivienda, educación, etc.).

Ejemplo

Un trabajador solicita el pago de las cesantías para la mejora de su vivienda. Para efectos de realizar este ejemplo, podemos traer a colación lo dispuesto por el Ministerio del Trabajo a través del Concepto 11EE2019120300000045475 de 2019, por medio del cual, precisa que los documentos que sirven para acreditar la calidad de propietario del inmueble por parte del trabajador son la escritura pública de compraventa y su inscripción ante la oficina de registros públicos y, claro está, los recibos entregados por la constructora o la entidad con la que contrató los servicios de remodelación de la vivienda.

  • Una vez allegada la solicitud, los encargados deben verificar la veracidad de los documentos presentados por el trabajador y determinar el monto disponible para el retiro.
  • Por último, según los resultados del estudio, se notificará al trabajador la autorización del pago parcial de las cesantías.

¿Qué ocurre si falta un documento?

Los documentos que los trabajadores deben entregar para los casos en los cuales se pueda realizar el retiro parcial de las cesantías no están determinados de manera taxativa en la ley; por lo cual, puede determinarse que deben ser entregados aquellos que convenzan de manera suficiente al empleador de que el trabajador invertirá realmente el dinero en aquello para lo cual lo solicita.

Ejemplo

Un trabajador solicita las cesantías para comprar acciones de Ecopetrol (empresa del Estado). En este caso, debe adjuntar el recibo original expedido por esta entidad, en el que se señale el valor de las acciones, la fecha límite de pago, etc.

Por otro lado, y tomando como referencia el ejemplo de la vivienda, en caso de que el trabajador presente la escritura pública del inmueble sin el documento que constate su inscripción ante la oficina de instrumentos públicos, el empleador podrá solicitar al trabajador que, dentro de un tiempo prudente, allegue tal documento. Si este último no presenta dicho documento, el empleador podrá negar la solicitud.

Respecto a lo anterior, conviene precisar que, en caso de que el empleador rechace la solicitud por falta de documentación, el trabajador puede volver a realizarla por el mismo motivo.

¿Cómo evidenciar si la documentación es verdadera o falsa?

Para evidenciar la veracidad de la documentación presentada, el empleador puede realizar diferentes acciones que, como fue mencionado, permitan su convencimiento; por ejemplo, comunicarse con las personas o entidades en las que el trabajador pretende realizar la inversión del dinero.

Ejemplo

En el caso de compra de acciones del Estado, verificar la situación legal de la entidad y si realmente es una entidad de orden nacional. También puede comunicarse y preguntar si se encuentran en período de venta de acciones, el costo de estas, las fechas límites para el pago, etc.

O en el caso de estudios de educación superior, indagar acerca de la situación legal de la institución, comunicarse con la institución educativa y preguntar si ofrecen el programa ofertado en el recibo, el costo de la matrícula, las fechas de pago, etc.

Nota: para lo anterior, se recomienda no realizar la consulta ante estas entidades con los datos personales del trabajador.

¿Qué sucede si se descubre documentación falsa?

[pq]En el evento en que el empleador encuentre que la documentación o la información contenida en ella es falsa, puede iniciar un proceso disciplinario en contra del trabajador[/pq]; esto, para efectos de que ejerza su derecho a la defensa, ya que él también pudo haber sido objeto de engaño por parte de la entidad o de alguno de sus funcionarios.

Una vez agotado dicho proceso, y el empleador compruebe que el trabajador realmente incurrió en la falta, puede sancionarlo según la gravedad con la que la falta se encuentre dispuesta a través del reglamento interno del trabajo, o proceder a su despido bajo la causal prevista en el numeral 1 del literal a) del artículo 62 del CST, que establece como justa causa que el trabajador presente documentación falsa al empleador para obtener un provecho indebido:

Artículo 62. Terminación del contrato por justa causa. Son justas causas para dar por terminado unilateralmente el contrato de trabajo:

A). Por parte del {empleador}:

  1. El haber sufrido engaño por parte del trabajador, mediante la presentación de certificados falsos para su admisión o tendientes a obtener un provecho indebido”.

(El subrayado es nuestro)

En estos casos en los que se compruebe que el trabajador allegó documentación fraudulenta al empleador, bien sea falsificada, modificada o creada, este último tiene la obligación de realizar la correspondiente denuncia ante las autoridades judiciales para que realicen las investigaciones pertinentes.

Natalia E. Jaimes L.
Abogada especialista en Derecho Laboral y Seguridad Social, Responsabilidad Civil y Seguros.

*Exclusivo para Actualícese.

Material relacionado: