Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Revisor fiscal debe realizar una amplia y eficiente evaluación del control interno en la empresa


Revisor fiscal debe realizar una amplia y eficiente evaluación del control interno en la empresa
Actualizado: 29 octubre, 2020 (hace 3 años)

Carlos Sastoque explica en #CharlasConActualícese que se debe promover y juzgar la eficiencia de las operaciones del control interno.

En este proceso se deben involucrar las áreas de recursos humanos en la selección y entrenamiento del personal, producción, gestión de ventas y cobro de la cartera.

Carlos Humberto Sastoque afirma en #CharlasConActualícese que, como mínimo, en el control interno deben existir objetivos estratégicos, de información financiera, de operaciones y de cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias.

A través del control interno se buscan proteger los activos de la empresa, lo cual incluye salvaguardas físicas, como instalaciones apropiadas para la protección de los inventarios y de su propiedad planta y equipo, y también salvaguardas contractuales, como pólizas de seguros y sistemas de vigilancia y monitoreo.

«También se debe obtener la exactitud y confiabilidad de la contabilidad y otros datos e informes operativos. Promover y juzgar la eficiencia de las operaciones, lo que involucra al área de recursos humanos en la selección y entrenamiento del personal, producción, gestión de ventas, cobro de la cartera, comisiones como incentivo, control de calidad y demás áreas clave», indica Sastoque.

De igual forma, hay que comunicar las políticas administrativas, estimular y medir el cumplimiento de las mismas, mediante una declaración que se divulgue ampliamente sobre la conducta corporativa, la observancia forzosa de las políticas corporativas, controles presupuestales rigurosos, apoyo efectivo a las funciones de auditoría interna, y prácticas para contratar personal competente e íntegro.

«Los anteriores objetivos son perfectamente compatibles con los objetivos de vigilancia que están bajo la responsabilidad del revisor fiscal, según lo ordena el artículo 207 del Código de Comercio –CCo– y las normas legales complementarias que aparecieron posteriormente», ilustra Sastoque.

Por lo anterior es fundamental que el revisor fiscal haga una amplia y eficiente evaluación del control interno existente en la empresa.

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