Juan Pablo Rodríguez afirma que en Colombia existen 66 delitos fuente del lavado de activos y parece que la única preocupación en el país es el tráfico de drogas.
En Colombia existe también la corrupción privada, no solo la pública, y es menester que los revisores fiscales estén atentos a esto.
Juan Pablo Rodríguez afirma que en Colombia existen 66 delitos fuente del lavado de activos y parece que la única preocupación en el país es el tráfico de drogas.
En Colombia existe también la corrupción privada, no solo la pública, y es menester que los revisores fiscales estén atentos a esto.
Juan Pablo Rodríguez, abogado, especialista en Derecho Penal y Ciencias Criminológicas, presidente y socio de RICS management habló en #CharlasConActualícese sobre los riesgos legales del revisor fiscal en materia de LA/FT, soborno y corrupción.
Rodríguez hace eco a la pregunta: “¿Y dónde están los revisores fiscales?”, la cual en repetidas ocasiones se ha planteado en publicaciones.
«O están muy regulados o les hace falta capacidades y respaldo de la alta dirección», dice.
De igual manera, Rodríguez se pregunta si la revisoría fiscal se acomoda al concepto de ceguera voluntaria, es decir, que el revisor fiscal podía saber, pero no se quiso enterar.
«Esta es una forma de responsabilidad penal que tiene que ver con ignorancia intencional, cuando se tenía la posibilidad de conocer o suponer racionalmente y no se verificó con la debida diligencia, y por eso se actuó con imprudencia grave», explica.
Rodríguez afirma que en Colombia existen 66 delitos fuente del lavado de activos y parece que la única preocupación en el país es el tráfico de drogas, quedando por fuera 65 delitos que los revisores fiscales tienen el deber legal de revisar.
«Ya no es si queremos, es que tenemos como profesionales esta labor», enfatiza Rodríguez.
En lo que tiene que ver con la financiación del terrorismo, no hay una lista de delitos fuente, porque cualquier conducta delictiva en Colombia que genere recursos podría estar vinculada a la financiación del terrorismo.
«Es importante reiterar que la evasión fiscal sí es delito, pero no es delito fuente de lavado de activos, como equivocadamente se ha dicho», explica.
Agrega que la omisión del agente retenedor recaudador, la inclusión de activos y pasivos inexistentes, y la defraudación tributaria sí son fuente del lavado de activos.
Rodríguez indica que la corrupción no solamente está relacionada con los recursos públicos y no solo tiene que ver con delitos contra la administración pública.
«Hoy en Colombia tenemos un delito llamado corrupción privada y es menester que los revisores fiscales estén atentos a esto», dice.
«El riesgo de LA/FT no depende de una obligación legal administrativa, ya que el derecho penal nos afecta a todos», afirma.
No hay que esperar a encontrar una norma que les pida tener o no un modelo, hay que ejecutar el trabajo de una forma ética y responsable, pero advirtiendo las limitaciones del caso.
«Si, por ejemplo, el equipo de revisoría fiscal son pocos, quéjese y diga que le quedará complicado. Si no lo dice y luego vienen problemas legales, tendrá un siniestro complicado que atender», advierte.
Para Rodríguez, existe una hiperinflación normativa que termina haciendo eco en la labor del revisor fiscal.
Los revisores fiscales se enfrentan a establecer si la información es veraz o no. Si este profesional suscribe documentos y con su firma indica que todo lo que dice es verdad, atentos a las consecuencias de esto.
Rodríguez nombra tres puntos a tener en cuenta por los revisores fiscales: