Jesús María Peña dice que a los revisores fiscales se les presentan riesgos normativos, legales, amenazas a la ética y derivadas de las actividades que realiza.
Para Héctor Jaime Correa, el hecho que la revisoría fiscal sea un ejercicio con altos riesgos y muchas obligaciones es sinónimo que no todo profesional puede aceptarlas.
Jesús María Peña dice que a los revisores fiscales se les presentan riesgos normativos, legales, amenazas a la ética y derivadas de las actividades que realiza.
Para Héctor Jaime Correa, el hecho que la revisoría fiscal sea un ejercicio con altos riesgos y muchas obligaciones es sinónimo que no todo profesional puede aceptarlas.
Jesús María Peña, consejero del CTCP, realizó una presentación de los riesgos más comunes que se presentan en el ejercicio de la revisoría fiscal.
En cuanto a los riesgos normativos y legales, Peña, teniendo en cuenta las leyes, decretos, resoluciones, circulares, acuerdos y reglamentos que hacen parte del marco térnico normativo vigente, enumera los siguientes:
También existen amenazas a la ética del revisor fiscal y/o a la parte personal del profesional, como son:
Como tercer punto, dice Peña, existen unos riesgos derivados de las actividades operativas del revisor fiscal:
Los anteriores temas seguramente están siendo discutidos por las comisiones nacionales que se han conformado alrededor de la Ley 43 de 1990, que también toca el ítem de la revisoría fiscal.
Para Héctor Jaime Correa, vicepresidente para Colombia del Cilea y de Fedecop, presidente del Comité Regional de Antioquia y el Eje Cafetero, está claro que se necesita cumplir con una serie de requisitos para ejercer como revisor fiscal.
El primero es que para ser revisor fiscal de cualquier entidad se debe tener como mínimo una especialización en revisoría fiscal a través de una entidad reconocida por el Ministerio de Educación.
El segundo, quien no sea especialista en revisoría fiscal, pero tenga mucha experiencia en este campo, deberá acreditar como mínimo 10 años en este ejercicio, mediante evidencias y certificaciones.
«De esta manera no ocurrirá lo que no pasa hoy, donde cualquier estudiante recién graduado sale a hacer revisoría fiscal y se convierte en «carne de cañón» de muchas firmas que ubican a jóvenes egresados a hacer revisoría fiscal con muchos desconocimientos en el tema», advierte.
Correa afirma que la revisoría fiscal es un ejercicio con altos riesgos, con muchas obligaciones, lo que es un indicativo de que no todo profesional puede aceptarlas.
Para Correa, lo único que le hace falta a la revisoría fiscal para hablar de una actualización es que no está normatizada.
«Hay que agregarle que se deben aplicar los Estándares Internacionales como están establecidos en el Decreto 302 de 2015 y los decretos reglamentarios relacionados con las Normas Internacionales de Información Financiera, y listo», afirma.
Sin embargo, para él, la revisoría fiscal debe tener igual o mayor proyección que la contaduría pública. ¿La razón? «Porque en Colombia primero existió la revisoría fiscal, antes que la contaduría pública», explica.
En consecuencia, el Código de Comercio se ha quedado rezagado al no incluir temas relacionados con procesos tecnológicos y que son inevitables.
«Las circunstancias han cambiado; unas no tan buenas como otras, y por eso hay que hablar de un proceso de autorregulación. Además, alrededor de la NICC 1 se deben establecer unos manuales de control de calidad para el ejercicio de la revisoría fiscal», explica.