El número mínimo de semanas de cotización para acceder a la pensión de vejez se mantendrá en 1.300 por la vigencia del año 2021, hasta tanto se modifique la norma y se aumente o reduzca esta cantidad.
La edad de pensión también se mantiene para hombres (62 años) y mujeres (57 años).
El número mínimo de semanas de cotización para acceder a la pensión de vejez se mantendrá en 1.300 por la vigencia del año 2021, hasta tanto se modifique la norma y se aumente o reduzca esta cantidad.
La edad de pensión también se mantiene para hombres (62 años) y mujeres (57 años).
El artículo 33 de la Ley 100 de 1993 enuncia los requisitos para adquirir la pensión de vejez. Mediante este se estableció que a partir de enero de 2006 hasta el año 2015 se incrementarían cada año 25 semanas de cotización al sistema de pensiones para los trabajadores, hasta llegar a las 1.300. En el mismo artículo se establece que la edad pensional para las mujeres es de 57 años y para los hombres es de 62 años.
El artículo en mención dispone:
“Artículo 33. Requisitos para obtener la Pensión de Vejez. Para tener el derecho a la Pensión de Vejez, el afiliado deberá reunir las siguientes condiciones:
(…) A partir del 1° de enero del año 2014 la edad se incrementará a cincuenta y siete (57) años de edad para la mujer, y sesenta y dos (62) años para el hombre.
(…) A partir del 1° de enero del año 2005 el número de semanas se incrementará en 50 y a partir del 1° de enero de 2006 se incrementará en 25 cada año hasta llegar a 1.300 semanas en el año 2015”.
Dado lo anterior, en 2021 continúa vigente el requisito de las 1.300 semanas para que los trabajadores colombianos puedan acceder a la pensión de vejez, y la edad de pensión continúa siendo la misma.
El Gobierno nacional ha anunciado una posible reforma al sistema pensional, por lo tanto, el número de semanas de cotización para acceder a la pensión de vejez puede variar en el transcurso de 2021.