Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Servicio de facturación electrónica gratuita fue liberado por la Dian


Servicio de facturación electrónica gratuita fue liberado por la Dian

El 28 de junio de 2018 la Dian anunció que estaba lista la plataforma especial para facturación electrónica gratuita que está diseñada en especial para las micro y pequeñas empresas que quieran empezar a facturar electrónicamente de forma voluntaria. Esta debió estar lista desde diciembre de 2017.

El pasado 28 de junio de 2018 la Dian publicó su comunicado de prensa 168 para dar aviso que por fin se ponía en funcionamiento su nueva plataforma para el servicio de facturación electrónica gratuita especialmente diseñada para las micro y pequeñas empresas que deseen empezar a facturar voluntariamente conforme a las normas del Decreto 2242 de noviembre de 2015 (recopilado en los artículos 1.6.1.4.1.1 y siguientes del DUT 1625 de octubre de 2016) y la Resolución 000019 de febrero de 2016 (modificada con las resoluciones 000055 de julio 14 de 2017 y 000001 de enero 5 de 2018).

Dicho servicio, y tal como lo hemos explicado en editoriales anteriores, debió estar listo desde el pasado mes de diciembre de 2017 (pues así lo había ordenado el parágrafo 2 del artículo 10 del Decreto 2242 de noviembre de 2015) y la Dian incluso había anunciado que supuestamente estaría listo el 5 de junio de 2018. Sin embargo, la tarea se siguió incumpliendo y solo quedó lista el 28 de junio de 2018.

De acuerdo con el microsite especial que la Dian tiene en su portal para el tema de “Facturación electrónica”, el aplicativo gratuito permitirá generar los documentos en XML relacionados con las facturas de venta electrónicas y sus respectivas notas débito y crédito. Sin embargo, para poder utilizarlo, el usuario deberá haber cumplido con todos los tramites de solicitud de habilitación como facturador electrónico voluntario u obligatorio a que se refiere la Resolución 000019 de febrero de 2016 y con la cual, en el RUT, le figuraría la responsabilidad “37-Facturador electrónico obligatorio” o “38-Facturador electrónico voluntario” (véase también las instrucciones del microsite de la Dian para el proceso de solicitud de habilitación como facturador electrónico).

Si el usuario ya tiene esa habilitación, deberá entonces leer la “Guía de usuario del servicio de facturación electrónica gratuita de la Dian” en la cual se indica que el usuario deberá contar previamente con un mecanismo de firma digital respaldado con un certificado digital o de lo contrario solicitar uno de los pocos mecanismos gratuitos que la Dian regalará solo a unos cuantos usuarios siguiendo las instrucciones de las páginas 12 y siguientes de la mencionada guía.

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A partir del 2019, se usará una nueva factura electrónica

“será a partir de enero de 2019 cuando se empiece a usar una nueva factura electrónica,  diferente a la que se viene usando desde febrero de 2016”

De acuerdo con lo indicado en el artículo 616-1 del ET, luego de ser modificado con el artículo 308 de la Ley 1819 de 2016, será a partir de enero de 2019 cuando se empiece a usar una nueva factura electrónica,  diferente a la que se viene usando desde febrero de 2016, pues, en la nueva factura, la Dian hará validaciones previas antes de que la misma sea entregada al cliente. Además, esa nueva factura será obligatoria para todos los contribuyentes que pertenezcan al régimen común del IVA y del INC.

Es por eso que el pasado 8 de junio de 2018 el Ministerio de Hacienda publicó un proyecto de decreto de 40 páginas que terminará reglamentando nuevamente todo el tema de la facturación incluido el de la facturación electrónica. En consecuencia, quienes no participen actualmente de forma obligatoria en los procesos de facturación electrónica, y tampoco lo deseen hacer voluntariamente, solo tendrán que esperar hasta cuando ese proyecto de decreto se convierta en norma definitiva y aplicarán entonces a partir del 2019 esa nueva normatividad (si es que no sucede que en diciembre de 2018 se apruebe una nueva reforma tributaria que aplace aún más la aplicación de las facturas electrónicas obligatorias).

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