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SG-SST: empleadores deberán registrar autoevaluación y plan de mejoramiento desde diciembre de 2020

El Ministerio del Trabajo determinó que los empleadores deberán registrar en la página del fondo de riesgos laborales la autoevaluación y el plan de mejoramiento del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo –SG-SST– de los años 2019 y 2020.

Conoce algunas pautas sobre este tema.

Fecha de publicación: 18 de diciembre de 2020
SG-SST: empleadores deberán registrar autoevaluación y plan de mejoramiento desde diciembre de 2020
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

El Ministerio del Trabajo determinó que los empleadores deberán registrar en la página del fondo de riesgos laborales la autoevaluación y el plan de mejoramiento del sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo –SG-SST– de los años 2019 y 2020.

Conoce algunas pautas sobre este tema.

El sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo –SG-SST–, según lo establece el artículo 25 de la Resolución 0312 de 2020, debe encontrarse debidamente implementado y estar ejecutándose anualmente desde enero de este año.

El funcionamiento del SG-SST debe ser calificado mediante la tabla de valores de los estándares mínimos establecida en el artículo 27 de la resolución en mención, y con base en los resultados obtenidos en dicha calificación (crítica, moderadamente aceptable o aceptable) los empleadores o encargados de la ejecución del SG-SST en la empresa deben realizar un plan de mejoramiento del sistema para el año siguiente.

Atendiendo a lo anterior, y en lo que refiere a nuestro caso en concreto, el parágrafo 2 del artículo 28 de la norma en mención indica que, a partir de diciembre de 2020, los empleadores tendrán la obligación de registrar las autoevaluaciones y planes de mejoramiento del SG-SST en la página web del Ministerio del Trabajo o en el medio que esta entidad indique para el efecto.

Circular del Ministerio del Trabajo

Dado lo dispuesto por la referida resolución, el Ministerio del Trabajo, a través de la Circular 0071 de 2020, determinó que lo empleadores deben registrar las autoevaluaciones y planes de mejoramiento del SG-SST de los años 2019 y 2020 en la página del Fondo de Riesgos Laborales.

Para realizar este registro, el empleador u obligado deberá seleccionar el botón “Autoevaluación y plan de mejoramiento”, el cual por el momento no se encuentra habilitado; no obstante, en la página principal podrá encontrarse el siguiente anuncio:

Reporte de autoevaluación del SG-SST

Una vez identificado, podrá presionarse la opción “Ver más” y será redirigido a la siguiente página, en la cual podrá realizarse el reporte de la autoevaluación y el plan de mejora del SG-SST:

Reporte de autoevaluación de estándares mínimos del SG-SST

El registro de dichos documentos deberá realizarlo mediante la opción “Diligenciar el formulario”.

Para llevar a cabo el diligenciamiento de este formulario podrá guiarse con el documento que se encuentra en la opción “Procedimiento para diligenciar el reporte”; ahí le será indicado paso a paso cómo realizar el reporte:

Guía para el reporte de autoevaluación del SG-SST

Por último, podrá presionar la opción “Plan de mejoramiento”, tras lo cual se descargará un documento en Excel con el que podrá guiarse para realizar el plan de mejoramiento de su SG-SST.

Así luce el documento que deberá descargarse:

Guía para elaborar el plan de mejoramiento del SG-SST

Consulta nuestro editorial Disposiciones generales para la implementación de nuevos estándares mínimos del SG-SST.

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