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¿Sistema tributario no es equitativo, progresivo ni eficiente? Así va la demanda contra el ET

La Corte Constitucional debería dar un plazo de 4 años para discutir un nuevo Estatuto Tributario.

No todas las empresas y personas naturales pagan los mismos impuestos. La carga tributaria se concentra en la clase media.

La multiplicidad de regímenes dificulta la fiscalización de la Dian.

Fecha de publicación: 14 de julio de 2020
¿Sistema tributario no es equitativo, progresivo ni eficiente? Así va la demanda contra el ET
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

La Corte Constitucional debería dar un plazo de 4 años para discutir un nuevo Estatuto Tributario.

No todas las empresas y personas naturales pagan los mismos impuestos. La carga tributaria se concentra en la clase media.

La multiplicidad de regímenes dificulta la fiscalización de la Dian.

El 27 de mayo de 2020, el Centro de Estudios de Derecho, Justicia y Sociedad –Dejusticia– presentó ante la Corte Constitucional una demanda contra el Decreto 624 del 30 de marzo de 1989, Estatuto Tributario.

Para profundizar en este tema, Alejandro Jiménez y Alejandro Rodríguez, investigadores de Dejusticia, y quienes hicieron parte del equipo que realizó la demanda, explicaron los pormenores de la misma en #CharlasConActualícese.

Alejandro Jiménez, abogado, explica que la Constitución Política de Colombia, en su artículo 363, establece una serie de principios, entre los cuales está que el sistema tributario colombiano tiene que cumplir una serie de principios.

«El principio general es que el encargado de establecer los tributos es el Congreso de la República, y es el órgano que tiene la legitimidad para decir qué debemos y qué no se debe pagar para sostener los gastos del Estado», afirma.

Este mismo artículo indica, dice Jiménez, que un sistema tributario debe cumplir con principios como son: progresividad, equidad y eficiencia.

«Lo que nosotros le estamos diciendo a la Corte Constitucional es que el sistema tributario colombiano carece de los anteriores tres principios, por lo que es inconstitucional. No es un argumento jurídicamente complejo, sino que es muy simple», recalca.

«Lo que nosotros afirmamos en la demanda es que el Estatuto Tributario que tenemos hoy y que se ha modificado muchas veces por el Congreso de la República no cumple con estos principios», indica.

¿Qué hacer con el Estatuto Tributario actual?

“La idea es que la Corte lo declare inconstitucional, pero que se les dé un plazo al Congreso y al Gobierno nacional de dos años, prorrogables por otros dos años, para que expidan otro estatuto”

Jiménez explica que eliminar el Estatuto Tributario hoy sería una catástrofe porque nos quedaríamos sin impuestos.

La idea es que la Corte lo declare inconstitucional, pero que se les dé un plazo al Congreso y al Gobierno nacional de dos años, prorrogables por otros dos años, para que expidan otro estatuto.

De esta manera, el Estatuto Tributario actual, así sea inconstitucional, continuaría aplicando por cuatro años, y así los colombianos discutirán de forma democrática, a través del Congreso de la República, cómo quieren que se cobren los impuestos en el país.

Los tres principios que no se cumplen

Alejandro Rodríguez, economista, indica que las amplias facultades del legislador en materia tributaria deben cumplir con la Constitución Nacional, lo que es más relevante si se tiene en cuenta que la manera en que cobramos impuestos es un reflejo de la salud de nuestra democracia.

Rodríguez explica cada principio que no se cumple: al hablar del principio de progresividad, se hace referencia al deber de gravar de diferente manera a quienes tienen distinta capacidad de pago.

El principio de equidad, por su parte, alude al deber de gravar por igual a quienes tienen la misma capacidad de pago, conocido como equidad horizontal, y que es la manifestación concreta del principio en cuestión.

Finalmente se encuentra el principio de eficiencia, que equivale a lograr el mayor recaudo de tributos con el menor costo de operación.

Argumentos para demandar

Frente a la evidencia para argumentar que no se cumple con el principio de progresividad, Rodríguez explica que «el primer hallazgo que encontramos es que las tarifas nominales de tributación son abismalmente diferentes a las tarifas efectivas de tributación, situación que se debe a que el Estatuto Tributario cuenta con más de 200 beneficios tributarios de todo tipo que permiten reducir considerablemente las tarifas».

Según el DNP, el 26,9 % de la población colombiana es pobre, el 39,9 % es vulnerable y a partir de allí comienza la clase media, el 30,9 % de la población.

«El sistema tributario no es progresivo en el segmento en donde debería ser más progresivo, permitiendo así que las personas que más pueden y deben contribuir no lo hagan», puntualiza.

Él explica que la carga tributaria se concentra en la clase media, truncando así la posibilidad de alejarse de la vulnerabilidad socioeconómica y creando una especie de trampa de pobreza para este segmento de la población.

Frente al principio de equidad, observamos que este no se cumple para las personas jurídicas. Un grupo de empresas tiene una tasa promedio de tributación superior al 50 %, mientras otro grupo tiene una tasa inferior al 16 %.

«Esto muestra que el principio de equidad entre las personas jurídicas no existe. Empresas con las mismas características deben tener una misma tarifa de tributación y no ocurre», indica.

Respecto a las personas naturales ocurre algo similar; dos personas idénticas con los mismos ingresos y características tributan diferente dependiendo del origen de sus rentas.

Frente al principio de eficiencia, se busca que el recaudo tributario sea lo más sencillo posible, recaudar lo que más se pueda a un menor costo.

«La multiplicidad de regímenes especiales dificulta la fiscalización de la Dian, elevando los costos del recaudo. La complejidad de nuestro sistema permite evadir o eludir impuestos, lo que tiene impactos significativos en los niveles de recaudo», explica.

Los investigadores hacen eco a lo que ha dicho la OCDE sobre el tema: el sistema tributario colombiano no promueve la eficiencia y la justicia, y es muy complejo, pues para compensar a las firmas e individuos por la estructura fiscal distorsiva y regresiva, una secuencia de gobiernos ha introducido regímenes especiales y exenciones tributarias, que en la mayoría de los casos no hacen nada para reducir efectivamente la desigualdad y el nivel de complejidad del sistema tributario.

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