¿Cuáles gastos del año gravable 2020 que no estuvieron soportados en factura electrónica son los que se someten al límite del 30% mencionado en el parágrafo transitorio 1 del artículo 616-1 del ET?
Responde conferencista: Diego Guevara
¿Cuáles gastos del año gravable 2020 que no estuvieron soportados en factura electrónica son los que se someten al límite del 30% mencionado en el parágrafo transitorio 1 del artículo 616-1 del ET?
Pregunta resuelta enero 07 de 2021
En este consultorio, el Dr. Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios, explica cuáles gastos del año gravable 2020 que no estuvieron soportados en factura electrónica son los que se someten al límite del 30 % mencionado en el parágrafo transitorio 1 del artículo 616-1 del Estatuto Tributario –ET–.
Para conocer más detalles sobre la correcta implementación de la factura electrónica, se recomienda estudiar lo establecido en la Resolución 000042 de 2020.