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Soporte de gastos con factura electrónica por el año gravable 2020

¿Cuáles gastos del año gravable 2020 que no estuvieron soportados en factura electrónica son los que se someten al límite del 30% mencionado en el parágrafo transitorio 1 del artículo 616-1 del ET?

Fecha de publicación: 12 de enero de 2021
Soporte de gastos con factura electrónica por el año gravable 2020
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Responde conferencista: Diego Guevara

¿Cuáles gastos del año gravable 2020 que no estuvieron soportados en factura electrónica son los que se someten al límite del 30% mencionado en el parágrafo transitorio 1 del artículo 616-1 del ET?

Pregunta resuelta enero 07 de 2021

En este consultorio, el Dr. Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios, explica cuáles gastos del año gravable 2020 que no estuvieron soportados en factura electrónica son los que se someten al límite del 30 % mencionado en el parágrafo transitorio 1 del artículo 616-1 del Estatuto Tributario –ET–.

Para conocer más detalles sobre la correcta implementación de la factura electrónica, se recomienda estudiar lo establecido en la Resolución 000042 de 2020.