Alan Ibáñez de EY explica las complejidades presentadas a la hora de implementar la NIIF 16 – Arrendamientos, tanto para compañías con pocos contratos de arrendamientos, como para las que tienen un alto volumen. Empresas están incurriendo en costos adicionales a los presupuestados inicialmente.
Alan Ibáñez de EY explica las complejidades presentadas a la hora de implementar la NIIF 16 – Arrendamientos, tanto para compañías con pocos contratos de arrendamientos, como para las que tienen un alto volumen. Empresas están incurriendo en costos adicionales a los presupuestados inicialmente.
La NIIF 16 – Arrendamientos es la nueva norma contable aplicable desde 2019, y que está reemplazando al modelo contable de arrendamientos propuesto por la NIC 17 y otras normas relacionadas. Sin embargo, como lo asegura Alan Ibáñez, gerente de consultoría financiera en EY, a muy pocos meses de presentarse los primeros estados financieros anuales bajo este nuevo estándar, un gran número de compañías está viendo la “ingrata” sorpresa de la complejidad que implica adoptarla adecuadamente.
Ibáñez indica en el artículo de EY, La NIIF 16 y sus ingratas sorpresas al adoptarla, que aunque “a estas alturas del partido” ya se han discutido ampliamente los nuevos requerimientos de esta norma y sus potenciales efectos en la gestión del negocio, existen aspectos relevantes que, al ser abordados durante la adopción de la nueva norma, se están convirtiendo en un verdadero dolor de cabeza para estas compañías, generándose, en muchos casos, tiempo y costos adicionales a los inicialmente presupuestados.
Determinar la tasa de descuento más apropiada para los alcances planteados por la NIIF 16 es uno de esos aspectos complejos. «Si bien esta norma establece algunas definiciones generales, en la práctica no indica específicamente cómo calcular dicha tasa, dejando a criterio interpretativo su estimación», explica Ibáñez.
Frente a lo anterior, existen supuestos que podrían ser válidos para calcular la tasa de descuento.
Otro aspecto sujeto a un cuidadoso análisis es la determinación del tiempo de duración de los contratos de arrendamiento para fines de lo requerido por la NIIF 16, ya que, si bien esta norma alcanza algunas pautas, en la práctica también existen ciertas particularidades que bajo el enfoque de la misma (NIIF 16) requieren utilizar un tiempo de duración distinto al plazo original indicado en el contrato de arrendamiento.
«Entre estas particularidades se destaca la intención del arrendatario sobre la ejecución “preferente” (no automática) de renovar el tiempo de duración del contrato, la relación comercial mantenida entre el arrendador y el arrendatario, el método elegido por el arrendatario para adoptar la NIIF 16, entre otras», explica Ibáñez.
Por lo anteriormente expuesto, desde el punto de vista de Ibáñez es evidente que adoptar la NIIF 16 no es un proceso sencillo, dado que involucra el análisis y la determinación de una serie de aspectos complejos, que de no ser abordados adecuadamente podrían generar costos innecesarios y errores significativos en los estados financieros.