Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Tasa para liquidar rendimientos presuntivos en 2020 se fijó en 4,52 %


Actualizado: 8 enero, 2020 (hace 4 años)

Para calcular el valor de los rendimientos presuntivos durante el 2020 se deberá aplicar una tasa del 4,52 %.

La figura de intereses presuntos se encuentra regulada en el artículo 35 del Estatuto Tributario –ET– y aplica cuando las sociedades le prestan a sus socios o accionistas, o cuando estos le hacen préstamos a la empresa o sociedad de la cual poseen acciones. Al respecto, es preciso tener en cuenta que, para efectos del impuesto sobre la renta, se presume que todo préstamo en dinero (cualquiera que sea su naturaleza o denominación) otorgado por las sociedades a sus socios o accionistas y viceversa genera un rendimiento mínimo anual y proporcional al tiempo de posesión.

La norma tributaria establece que, cuando no se pacte una tasa real para la estimación de los intereses, estos deben calcularse de acuerdo con la tasa de interés del depósito a término fijo –DTF– vigente al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior al gravable. En consecuencia, para 2020 los intereses presuntivos deberán calcularse a una tasa del 4,52 % efectivo anual, correspondiente a tasa de interés del DTF vigente al 31 de diciembre de 2019.

Finalmente, cabe resaltar que para la vigencia 2019 los intereses presuntos se calcularon de acuerdo con la tasa de interés del depósito a término fijo –DTF– vigente al 31 de diciembre 2018, la cual se fijó en 4,54 %.

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