Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Tratamiento de los instrumentos financieros en estos tiempos de incertidumbre


Tratamiento de los instrumentos financieros en estos tiempos de incertidumbre
Actualizado: 3 abril, 2020 (hace 4 años)

Las entidades del grupo 1 deben aplicar la NIIF 9 – Instrumentos financieros, que exige reconocer el posible deterioro de un activo financiero como pérdida crediticia esperada.

El IASB publicó una guía en la que explica cómo proceder con esta norma ante la incertidumbre generada por el coronavirus.

El IASB publicó el 27 de marzo de 2020 un documento titulado IFRS y COVID-19 en el que aborda la aplicación de la NIIF 9 – Instrumentos financieros durante el período de incertidumbre económica generada por el coronavirus (COVID-19).

Sabemos que el coronavirus ha generado una importante afectación en la situación financiera de muchas entidades, tanto en Colombia como en el mundo entero, ocasionando una disminución en sus ingresos y en su capacidad de responder por sus compromisos.

El documento del IASB aborda lo relativo a la determinación de las pérdidas crediticias esperadas –ECL, por sus siglas en inglés– para aquellos instrumentos financieros cuyo riesgo de crédito ha aumentado significativamente como consecuencia de la propagación del coronavirus.

Pérdidas crediticias esperadas

Debemos recordar que uno de los propósitos que se tuvo al momento de desarrollar la NIIF 9 era responder a las solicitudes del G20, para proporcionar información prospectiva y transparente sobre los riesgos de crédito de una entidad.

Anteriormente, las entidades que aplicaban las NIIF plenas debían reconocer el deterioro de un instrumento financiero cuando existiera evidencia de este. No obstante, con la llegada de la NIIF 9 las entidades del grupo 1 deben reconocer esa posible “pérdida” desde la contabilización inicial del instrumento, puesto que se supone que todos los instrumentos traen una probabilidad implícita de no pago.

“El IASB reconoce que en las actuales circunstancias es un desafío para las entidades estimar las pérdidas crediticias de sus instrumentos financieros”

Cuando no existe algún riesgo crediticio sobre el instrumento, la entidad reconoce una provisión por pérdidas crediticias esperadas, y en el momento en que exista evidencia de deterioro se reconocerá la pérdida.

El IASB reconoce que en las actuales circunstancias es un desafío para las entidades estimar las pérdidas crediticias de sus instrumentos financieros, como cuentas por cobrar o préstamos, entre otros.

Dado que la NIIF 9 es compleja y deja un amplio margen a la aplicación del juicio de cada entidad, el IASB recomienda que, antes de reconocer una pérdida crediticia sobre un instrumento financiero, las entidades consideren toda la información histórica, actual y a futuro.

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Lo señalado líneas atrás quiere decir que las entidades deberían evaluar su situación financiera, en conjunto con las ayudas de los Gobiernos destinadas a algunos sectores, la posibilidad de aplazamiento de los pagos de créditos, entre otras. Es decir, incluir toda la información que la entidad tenga disponible sin costo o esfuerzo desproporcionado.

La idea es que las entidades estén atentas a la evolución de sus instrumentos financieros y de las circunstancias que las afectan, para que la norma no se aplique de forma mecánica, sino que, en aras de brindar transparencia a los usuarios de los estados financieros y que la entidad conozca de la mejor forma su situación, se aplique la norma con el mayor nivel de conciencia y análisis posible.

Otras medidas tomadas por el IASB

El IASB también ha adoptado otras medidas para apoyar a las entidades durante el tiempo de incertidumbre que ha generado el coronavirus. Entre esas medidas tenemos las siguientes:

  • El IASB ha pospuesto hasta mayo de 2020 la publicación de varias enmiendas a las NIIF, que, de acuerdo con el ente emisor, antes estaban programadas para marzo y abril del año en curso.
  • El IASB ha continuado trabajando en proyectos urgentes, como son la reforma IBOR y las enmiendas a la NIIF 17 – Contratos de seguro.
  • El IASB discutirá durante el mes de abril la posibilidad de ampliar el plazo de respuesta para los documentos de consulta que se encuentran actualmente en curso.

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