A continuación, se tratan los principales aspectos relacionados con la actuación de la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales –UGPP– respecto a la obligación de realizar los aportes a seguridad social en debida forma.
A continuación, se tratan los principales aspectos relacionados con la actuación de la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales –UGPP– respecto a la obligación de realizar los aportes a seguridad social en debida forma.
Tiempo que tiene la UGPP para exigir pagos de seguridad social
La Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales –UGPP– es una entidad adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, pues así lo señala el artículo 156 de Ley 1151 de 2007. Dentro de sus respectivas facultades está la de imponer sanciones de carácter pecuniario o embargo de bienes cuando en los procesos de auditoría se logra evidenciar conductas de evasión de aportes.
Dicha entidad tiene hasta 5 años para exigir los respectivos pagos de seguridad social: salud, pensión y ARL.
Papel de la UGPP en la aprobación del piso de protección social
A continuación, se analiza qué papel desempeña la UGPP en la aplicación del piso de protección social, regulado por normas como el Decreto 1174 de 2020.
Sanciones de la UGPP para trabajador independiente
Es importante tener presente que la obligación de pagar los aportes a seguridad social no es una tarea solamente de aquellas personas vinculadas a una empresa mediante un contrato de trabajo, pues los trabajadores independientes, que bien pueden ser rentistas de capital, prestadores de servicios o comerciantes, también deben pagar dichos aportes cuando sus ingresos mensuales superan un salario mínimo mensual legal vigente –smmlv–.
El incumplimiento de dicha obligación puede generar sanciones por parte de la UGPP.
Sanciones de la UGPP por no pago de seguridad social
En esta publicación se relacionan las diversas sanciones que puede imponer la UGPP cuando detecta incumplimientos o inconsistencias en la cotización de aportes a seguridad social y parafiscales.
Fraude en la postulación al Programa de Apoyo para el Pago de la Prima de Servicios
En esta publicación se analiza cómo debió ser cancelada la primera cuota de la prima de servicios de 2020 bajo los ajustes incluidos mediante el Decreto Ley 770 de 2020, y cuáles son las facultades de la UGPP en este caso para proceder con la imposición de sanciones cuando se detectan fraudes o inconsistencias.
En el siguiente enlace podrás conocer cómo va el proceso respecto a la ampliación y pago del Paef y PAP: https://www.youtube.com/watch?v=JS6G_t7UcRw&feature=youtu.be
[Análisis] Fiscalización de la UGPP a trabajadores independientes omisos, inexactos o morosos