Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Validez de costos y gastos no soportados en factura electrónica, pero sí bancarizados


Actualizado: 19 marzo, 2021 (hace 3 años)

Responde conferencista: Diego Guevara

Si en una compra al contribuyente no se le emite factura electrónica, pero este paga con tarjeta, ¿es posible sustentar estos costos y gastos a través del extracto de dicha tarjeta?

Pregunta resuelta 11 de marzo de 2021

La regulación correspondiente al tema de facturación electrónica se encuentra disponible en la Resolución 000042 del 2020.

En esta respuesta el Dr. Diego Guevara, líder de investigación tributaria de Actualícese, da a conocer cuáles son los requisitos para que los costos y gastos soportados en factura electrónica o en documentos equivalentes a la factura sean reconocidos como deducibles mediante el artículo 771-2 del Estatuto Tributario.

Conoce más información con relación al tema ya mencionado, visitando nuestra publicación Facturación electrónica: desde los plazos hasta las sanciones.

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