Utilizando las facultades del artículo 808 del Estatuto Tributario, el Gobierno redujo al 0 % el valor del anticipo al impuesto de renta del año gravable 2021 para varios contribuyentes del régimen ordinario afectados con la actual crisis económica que genera la pandemia del COVID-19.
Utilizando las facultades del artículo 808 del Estatuto Tributario, el Gobierno redujo al 0 % el valor del anticipo al impuesto de renta del año gravable 2021 para varios contribuyentes del régimen ordinario afectados con la actual crisis económica que genera la pandemia del COVID-19.