¿En los servicios de transporte marítimo se debe aplicar la retención en la fuente?
Resuelta 14 de Septiembre de 2017
¿En los servicios de transporte marítimo se debe aplicar la retención en la fuente?
Resuelta 14 de Septiembre de 2017
Diego Guevara, contador público y líder de investigación en temas contables y tributarios, señala que para dar respuesta al interrogante se debe estudiar lo que dispone el numeral 2 del artículo 207-2 del Estatuto tributario, el cual fue creado mediante la Ley 788 de 2002.
En dicha norma se establece, entre otros aspectos, que las rentas obtenidas por la prestación de servicios de transporte marítimo están clasificadas como rentas exentas hasta el año gravable 2017.