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Bien inmueble destinado como propiedad de inversión producto de un leasing

Un bien inmueble que se adquiere bajo leasing, pero con la intención de destinarse al arrendamiento o a la generación de valorizaciones, puede ser clasificado como propiedad de inversión puesto que la modalidad de negocio mediante la cual se adquiere, no afecta la clasificación del activo.

Bien inmueble destinado como propiedad de inversión producto de un leasing
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Un bien inmueble que se adquiere bajo leasing, pero con la intención de destinarse al arrendamiento o a la generación de valorizaciones, puede ser clasificado como propiedad de inversión puesto que la modalidad de negocio mediante la cual se adquiere, no afecta la clasificación del activo.

A continuación resolveremos la consulta de uno de nuestros usuarios: ¿Cuál debe ser el tratamiento bajo estándares internacionales de un bien inmueble que se va a destinar como propiedad de inversión, pero que se adquiere bajo un leasing?

Al remitirnos a la sección 20 del Estándar para Pymes que aborda los arrendamientos, encontramos que no existen disposiciones que permitan identificar la clasificación del bien dentro de los activos; esta sección aborda el tema de la clasificación de los arrendamientos y brinda los conceptos para distinguir cuándo un contrato de arrendamiento es financiero u operativo: en caso de ser operativo se debe reconocer como gasto y en caso de ser financiero se reconocerá el correspondiente activo o pasivo.

Activo clasificado como propiedad de inversión

El activo que resulta del contrato de leasing debe clasificarse de acuerdo a su destinación, ya sea conforme a la sección 17 Propiedad, planta y equipo, a la sección 18 Intangibles, o a la sección 16 Propiedades de inversión.  En el párrafo 2 de la sección 16 se encuentra que “las propiedades de inversión son propiedades (terrenos o edificios, o partes de un edifico, o ambos) que se mantienen por el dueño o el arrendatario bajo un arrendamiento financiero para obtener rentas, plusvalías o ambas”.

De lo anterior, podemos decir que, independiente de que el activo se haya obtenido mediante la modalidad de leasing, se debe revisar el destino de este: si va a ser utilizado por la entidad durante más de un año se considerará propiedad, planta y equipo, o si es un bien inmueble que se utilizará para arrendarlo posteriormente o para conservarlo a fin de que se valorice, se considerará propiedad de inversión.

Cuando un activo se destine como propiedad de inversión, sin importar que sea adquirido a través de contrato de leasing, debe ser reconocido como propiedad de inversión conforme a lo establecido en la sección 16 del Estándar para Pymes, ya que a pesar de que el activo no esté a nombre de la entidad sino hasta cuando termine el contrato, esta tiene el control del mismo.

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