Todas las Personas Naturales, Sucesiones Ilíquidas y Personas Jurídicas que durante el 2009 hayan actudo como agentes de Retención en la Fuente deben reportar retenciones. Esta Información Exógena Tributaria, sirve a la DIAN para detectar sí han cumplido con todas las obligaciones por haber recibido dichos pagos.
Sobre esta conferencia…
Tal como ha venido sucediendo desde el año gravable 2005, la DIAN ha vuelto a indicar que todas las Personas Naturales, Sucesiones Ilíquidas y Personas Jurídicas que durante el 2009 hayan llegado a actuar como agentes de Retención en la Fuente deben reportar detalladamente dichas retenciones.
Esa información, que recibe el nombre de Información Exógena Tributaria, servirá a la DIAN para rastrear a quiénes se practicaron las mencionadas retenciones y detectar así sí han cumplido con todas las obligaciones que se les derivan por haber recibido dichos pagos.
Para cumplir con la entrega de dicha información, los reportantes tendrán que utilizar el formato 1002 diseñado por la DIAN el cual tendría que ser entregado o en forma presencial en las dependencias de la DIAN, o en forma virtual a través del portal de internet de la DIAN.
De igual manera, para poder diligenciar el formato 1002, los obligados deben saber de qué forma extractarían desde su contabilidad o archivos privados del 2009, los datos que se solicitan en el formato, e igualmente deben conocer, si no lo han hecho antes, de qué forma se utilizaría el Prevalidador Tributario 2010 1.2, el cual es un aplicativo gratuito en Excel que la DIAN provee para quienes deseen utilizarlo en el proceso de diligenciar el formato o de validarlo.
Una vez entregado el formato, los obligados deben saber con cuánto tiempo contará la DIAN para revisar la exactitud de la información que le suministren.
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