De acuerdo con lo indicado en el nuevo artículo 771-5 del Estatuto Tributario aprobado en la reforma tributaria de diciembre de 2010, a partir del 2014 los pagos hechos en efectivo para cubrir costos de cualquier tipo (incluido la compra de bienes raíces) solo serán aceptados hasta cierto límite.
De acuerdo con lo indicado en el nuevo artículo 771-5 del Estatuto Tributario aprobado en la reforma tributaria de diciembre de 2010, a partir del 2014 los pagos hechos en efectivo para cubrir costos de cualquier tipo (incluido la compra de bienes raíces) solo serán aceptados hasta cierto límite.
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