Así se desprende de la norma contenida en el numeral 11 del artículo 879 del Estatuto Tributario donde se indica que solo los préstamos solicitados con tarjetas de crédito de persona natural no general el gravamen.
Así se desprende de la norma contenida en el numeral 11 del artículo 879 del Estatuto Tributario donde se indica que solo los préstamos solicitados con tarjetas de crédito de persona natural no general el gravamen.
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