De acuerdo con el art. 386 del Estatuto Tributario, los empleadores que pretendan aplicar el procedimiento 2 de retenciones en la fuente sobre pagos laborales a sus asalariados deberán definir en los meses de Junio y Diciembre de cada año el respectiv porcentaje fijo que se aplicaría en cada uno de los siguientes 6 meses a los pagos gravables que termine recibiendo el trabajador.
Sobre esta conferencia…
De acuerdo con el Art. 386 del Estatuto Tributario, los empleadores que pretendan aplicar el procedimiento 2 de retenciones en la fuente sobre pagos laborales a sus asalariados deberán definir en los meses de junio y diciembre de cada año el respectivo porcentaje fijo que se aplicaría en cada uno de los siguientes 6 meses a los pagos gravables que termine recibiendo el trabajador.
En esta conferencia, el Dr. Guevara nos ilustra cómo se aplicarían las normas más importantes que rigen este cálculo, y nos deja como ejemplo la herramienta en Excel con la cual se puede definir en junio de 2011 el porcentaje fijo de retención que se aplicaría al trabajador sobre los pagos laborales gravables que termine recibiendo durante julio a diciembre de 2011.
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