Según el artículo 30 de la Ley 1393 se ratifica la validez de los pactos de exclusión salarial, solo aplica para aportes a seguridad social. Para estos efectos el salario debe constituir el factor predominante (60%) de la retribución laboral, esta limitación solo es un supuesto legal que impone una limitación razonable.
Sobre esta conferencia…
Estas conferencias hacen parte del evento La UGPP: una revolución en el control de la nómina y parafiscales de las empresas
Según el artículo 30 de la Ley 1393 se ratifica la validez de los pactos de exclusión salarial, solo aplica para aportes a seguridad social. Para estos efectos el salario debe constituir el factor predominante (60%) de la retribución laboral, esta limitación solo es un supuesto legal que impone una limitación razonable.
La medición debe realizarse mensualmente, pues el criterio de causación de los aportes es el salario mensual, las bases de Parafiscales y prestaciones sociales no se afectan por expresa disposición legal, no modifica el porcentaje de cotización para ambas partes (empleado y empresa).