Ministerio de Minas y Energía. Por la cual se sitúan los recursos correspondientes al recaudo del impuesto al oro y platino a los municipios productores.
Ministerio de Minas y Energía
Resolución 0253
25-02-2015
por la cual se sitúan los recursos correspondientes al recaudo del impuesto al oro y platino a los municipios productores.
El Secretario General del Ministerio de Minas y Energía, en ejercicio de sus facultades legales y especial las conferidas mediante Resolución número 9 0005 de 2014, y
Considerando:
Que mediante Decreto 2710 del 26 de diciembre del 2014, se apropió el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Ministerio de Minas y Energía para la vigencia fiscal del año 2015.
Que en la cuenta 3 – Transferencias Corrientes existe una partida que permite transferir a los municipios productores de oro y platino, los recaudos que por concepto de impuesto, percibe la Dirección de Crédito Público y del Tesoro Nacional, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4° del Decreto 2173 de 1992.
Que mediante Oficio radicado con número 2015010264 del 17 de Febrero de 2015, el Subdirector de Operaciones de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, informó que el recaudo percibido por concepto del impuesto al oro y platino correspondiente al mes de enero de 2015, ascendió a la suma de $1.126.184.559,00.
Que mediante Oficio radicado ANM número 20153200044511 del 20 de Febrero de 2015, la Coordinadora del Grupo de Regalías y Contraprestaciones Económicas (E) de la Agencia Nacional de Minería, discriminó la distribución de los recursos que a los municipios productores les corresponde recibir por concepto de los recaudos del impuesto al oro y platino, percibidos durante el mes Enero de 2015, de la siguiente manera:
MUNICIPIOS |
VALOR IMPUESTO |
MUNICIPIO DE EL BAGRE |
$472.974.209,00 |
MUNICIPIO DE REMEDIOS |
$412.712.091,00 |
MUNICIPIO DE SEGOVIA |
$187.743.280,00 |
MUNICIPIO DE ZARAGOZA |
$52.754.979,00 |
TOTAL |
$1.126.184.559,00 |
Resuelve:
Artículo 1°. Situar los recursos correspondientes al recaudo del impuesto al oro y platino percibido durante el mes Enero de 2015, a los municipios y por las cuantías que a continuación se detallan, con base en el Certificado de Disponibilidad número 20315 de febrero 25 de 2015:
MUNICIPIOS |
VALOR IMPUESTO |
MUNICIPIO DE EL BAGRE |
$472.974.209,00 |
MUNICIPIO DE REMEDIOS |
$412.712.091,00 |
MUNICIPIO DE SEGOVIA |
$187.743.280,00 |
MUNICIPIO DE ZARAGOZA |
$52.754.979,00 |
TOTAL |
$1.126.184.559,00 |
Artículo 2°. Autorizar al Grupo de Tesorería y Viáticos para que sitúe a los municipios mencionados, los valores correspondientes conforme a lo dispuesto en el artículo primero de la presente resolución, de acuerdo con la disponibilidad de PAC.
Artículo 3°. De acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 2674 del 2012, el Ministerio de Minas y Energía situará los recursos a los municipios citados en el artículo primero de la presente resolución, en las cuentas bancarias suministradas por estos y validadas en el Sistema SIIF, que a continuación se detallan:
MUNICIPIOS |
NIT |
CUENTA |
TIPO DE CUENTA |
BANCO |
MUNICIPIO EL BAGRE |
890.984.221-2 |
371-582950-14 |
Corriente |
BANCOLOMBIA |
MUNICIPIO DE REMEDIOS |
890.984.312-4 |
1454000751-6 |
Corriente |
AGRARIO |
MUNICIPIO DE SEGOVIA |
890.981.391-2 |
416-00981-9 |
Corriente |
DAVIVIENDA |
MUNICIPIO DE ZARAGOZA |
890.981.150-4 |
40506266-2 |
Corriente |
OCCIDENTE |
Artículo 4°. Comunicar la presente resolución a los municipios de El Bagre, Remedios, Segovia y Zaragoza.
Artículo 5°. Contra la presente resolución no procede recurso alguno por ser un acto de ejecución y rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a los 25-02-2015.
El Secretario General,
GERMÁN EDUARDO QUINTERO ROJAS.