El artículo 184 de la Ley 1819 de 2016, modificó el artículo 468 del ET con el que se estableció la nueva tarifa del impuesto sobre las ventas, la cual quedó fijada en el 19%, y se debe aplicar en la causación por importaciones, ventas de bienes y prestación de servicios gravados con este impuesto, a partir del 1 de enero de 2017. Aclara la DIAN que para el caso de los servicios que se presten bajo el régimen de precios controlados, como lo es el servicio de aparcaderos y/o estacionamientos, en el cual el impuesto está incluido en el valor máximo a cobrar por el servicios, cualquier modificación para establecer la utilidad del prestador corresponde a la autoridad encargada de fijar las tarifas máximas por este servicio.
DIAN
Concepto 007244
Marzo 30 de 2017
En el caso de los servicios que se presten bajo el régimen de precios controlados, como el servicio de parqueadero y/o estacionamiento, el impuesto está incluido en el valor máximo a cobrar por el servicios, por lo que cualquier modificación para establecer la utilidad del prestador, corresponde a la autoridad encargada de fijar las tarifas máximas por este servicio.