Las entidades clasificadas como pertenecientes al régimen tributario especial a 31 de diciembre de 2016 (corporaciones, fundaciones y asociaciones sin ánimo de lucro) y que continúan dentro de este, deben esperar la reglamentación que expida el Gobierno Nacional, con el fin de determinar cuáles son los documentos requeridos y cuál es el procedimiento a seguir para continuar en dicha clasificación.
DIAN
Concepto 006316
Marzo 22 de 2017
Las entidades clasificadas como pertenecientes al régimen tributario especial al 31 de diciembre de 2016 (corporaciones, fundaciones y asociaciones sin ánimo de lucro) y que continúan dentro de este, deben esperar la reglamentación que expida el Gobierno Nacional, con el fin de determinar cuáles son los documentos requeridos y cuál es el procedimiento a seguir para continuar en dicha clasificación.