Si al iniciar una licencia de maternidad la mujer se encontraba vinculada a través de prestación de servicios, ¿se le puede vincular mediante contrato de trabajo?
Si al iniciar una licencia de maternidad la mujer se encontraba vinculada a través de prestación de servicios, ¿se le puede vincular mediante contrato de trabajo?
La abogada Natalia Jaimes Lúquez, especialista en derecho laboral, parte de la base de que el contrato de prestación de servicios en mención no tiene que ver con un cargo permanente, que tampoco hay una subordinación y que, además, esta persona realiza sus actividades de manera autónoma. Ahora bien, es importante aclarar que la entidad no tiene la obligación de cambiar la vinculación contractual por un contrato laboral, por el solo hecho de que la mujer se encuentra en licencia de maternidad, pero lo que no puede hacer es terminarle el contrato de prestación de servicios dentro del período de gestación o de licencia de maternidad.