¿Qué debe hacer una persona que es vinculada por el Estado a través de contrato de prestación de servicios, pero aun así le obligan a cumplir órdenes y un horario?
¿Qué debe hacer una persona que es vinculada por el Estado a través de contrato de prestación de servicios, pero aun así le obligan a cumplir órdenes y un horario?
La Dra. Natalia Jaimes señala que la vinculación a través de contratos de prestación de servicios es una relación de carácter civil o comercial que no genera un vínculo laboral entre empleador y trabajador.
Es importante precisar que si la persona que se contrata está bajo continua subordinación y se le obliga a cumplir horarios, no puede vincularse a través de contrato de prestación de servicios, porque las cualidades mencionadas son típicas del contrato de trabajo, y como tal, generadoras de otras obligaciones laborales.