Si el cálculo del valor residual de los activos no se hizo en el balance de apertura, ¿se puede hacer posteriormente?, ¿cómo se haría?
Si el cálculo del valor residual de los activos no se hizo en el balance de apertura, ¿se puede hacer posteriormente?, ¿cómo se haría?
Juan David Maya, contador público, docente y consultor en Normas Internacionales de Información Financiera, señala que el valor residual de los activos debe ser considerado siempre y cuando ese valor residual sea un tema relevante para la entidad.
Ahora bien, si el valor residual es significativo se debe reconocer conforme a la sección 17 y 18 de la norma para Pymes y las NIC 16 y 38 para estándares plenos.
Finalmente, si la entidad olvidó hacer el proceso de reconocimiento del valor residual pueden generarse errores en los estados financieros, por consiguiente deberá aplicar la sección 10 de la norma para Pymes y la NIC 8 de los estándares plenos.