El tratamiento contable de un contrato de cuentas en participación depende de los derechos y obligaciones de los partícipes de las características del acuerdo. Con base en esta información, el contrato puede clasificarse, según las circunstancias, como un acuerdo conjunto y tratarse como un negocio conjunto o como una operación conjunta, de acuerdo con la sección 15 del marco técnico normativo para pymes.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 743
Agosto 29 de 2017
El tratamiento contable de un contrato de cuentas en participación depende de los derechos y obligaciones de los partícipes de las características del acuerdo. Con base en esta información, el contrato puede clasificarse, según las circunstancias, como un acuerdo conjunto y tratarse como un negocio conjunto o como una operación conjunta, de acuerdo con la sección 15 del marco técnico normativo para pymes.