El artículo 1 de la Ley 1819 de 2016 modificó el régimen del impuesto sobre la renta para las personas naturales, por lo que a partir del año gravable 2017 no subsisten los sistemas del IMAN e IMAS. No obstante, por el año gravable 2016 estos dos sistemas se encontraban vigentes, y por lo mismo surten todos los efectos legales.
DIAN
Concepto 018842
Julio 17 de 2017
El artículo 1 de la Ley 1819 de 2016 modificó el régimen del impuesto sobre la renta para las personas naturales, por lo que a partir del año gravable 2017 no subsisten los sistemas del IMAN e IMAS. No obstante, por el año gravable 2016 estos dos sistemas se encontraban vigentes, y por lo mismo surten todos los efectos legales.