De acuerdo con el artículo 616-1 del ET y el artículo 1.6.1.4.2.4 del Decreto 1625 de 2016, las empresas que generan pólizas de seguros sí se encuentran obligadas a expedir factura. Dicha obligación se entiende cumplida con la emisión de las respectivas pólizas de seguros, pues las mismas constituyen documentos equivalentes a la factura. Respecto a si existe la obligación de expedir factura para el cobro de la prima mensual de seguro, el Oficio 011510 de 2017, expedido por la Dian, señala que no existe como tal la obligación de facturar los cobros de la prima mensual de seguro, pero sí de expedir certificados periódicos en aplicación de la póliza original, que como ya se mencionó, es un documento equivalente a la factura.
DIAN
Concepto 023866
Septiembre 01 de 2017
De acuerdo con el artículo 616-1 del ET y el artículo 1.6.1.4.2.4 del Decreto 1625 de 2016, las empresas que generan pólizas de seguros sí se encuentran obligadas a expedir factura; dicha obligación se entiende cumplida con la emisión de las respectivas pólizas de seguros, pues las mismas constituyen documentos equivalentes a la factura.