Las sanciones aplicables a los impuesto al consumo se encuentra establecidas, de una parte, en el Estatuto Tributario Nacional, y de otra, en los artículos 14 a 26 del capítulo II de la Ley 1762 de 2015, en donde se establece el régimen sancionatorio común para productos sometidos al impuesto al consumo de cervezas, sifones y refajo; al impuesto al consumo de licores, vinos, aperitivos y similares; y al impuesto al consumo de cigarrillos y tabaco elaborado.
Ministerio de Hacienda y Crédito Público
Concepto 026348
Agosto 18 de 2017
Las sanciones aplicables a los impuesto al consumo se encuentra establecidas, de una parte, en el Estatuto Tributario Nacional, y de otra, en los artículos 14 a 26 del capítulo II de la Ley 1762 de 2015, en donde se establece el régimen sancionatorio común para productos sometidos al impuesto al consumo de cervezas, sifones y refajo; al impuesto al consumo de licores, vinos, aperitivos y similares; y al impuesto al consumo de cigarrillos y tabaco elaborado.