El comercializador industrial minorista, al ser responsable del impuesto sobre las ventas y pertenecer al régimen común, tiene derecho a descontar el IVA pagado en las adquisiciones de bienes y servicios de las transacciones imputables como gasto o costo a la operación gravada.
DIAN
Concepto 023275
Agosto 28 de 2017
El comercializador industrial minorista, al ser responsable del impuesto sobre las ventas y pertenecer al régimen común, tiene derecho a descontar el IVA pagado en las adquisiciones de bienes y servicios de las transacciones imputables como gasto o costo a la operación gravada.